22 DE OCTUBRE DE 1975 .- Autorízase a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la transferencia gratuita de 40.000 m2. de terreno, ubicados en Villa Adela de El Alto de La Paz al Comando General de la Policía Boliviana.
DECRETO SUPREMO N° 12980
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por Decreto Supremo N° 05814 de 2 de junio de 1961 se declaró de necesidad y utilidad pública la expropiación de 10.100.000 metros cuadrados aproximadamente de terrenos de propiedad particular que aparecen delimitados en el plano Central de Control Horizontal y Linderos del Aeropuerto Internacional de El Alto, con destino a la construcción de la pista de aterrizaje y demás obras adicionales inherentes al mencionado Aeropuerto.
Que, de la superficie anteriormente señalada, incluyendo los terrenos adquiridos y utilizados por el cambio o permuta de las personas afectadas con la expropiación, según Resolución Suprema N° 120679 de 10 de mayo de 1963 ha quedado un sobrante de 174.678 metros cuadrados que no presta ninguna utilidad inmediata a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Que, es deber del Supremo Gobierno facilitar y hacer posible la construcción de las obras de beneficio colectivo, máxime si las mismas están destinadas a una entidad que cumple importantes servicios para la comunidad.
Que, en tal sentido es conveniente transferir parte del sobrante de terreno, a título gratuito al Comando General de la Policía Boliviana, por cuanto dichas superficies serán utilizadas para obras de beneficio colectivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la transferencia a título gratuito de cuarenta mil metros cuadrados (40.000 m2.) de terreno, ubicados en Villa Adela de El Alto de La Paz al Comando General de la Policía Boliviana.
ARTÍCULO 2.- Los terrenos, materia de esta transferencia, serán destinados para la construcción de edificios de postas de mantenimiento para los tres servicios policiales y para la instalación de áreas de inspección de vehículos motorizados, de recepción de exámenes a postulantes a chóferes profesionales y particulares.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos legales del caso, autorízase a los señores: Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Director General de Aeronáutica Civil, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno suscribir las respectivas escrituras de transferencia, con los señores: Ministro del Interior, Migración y Justicia y los personeros del Comando General de la Policía Boliviana, con liberación de impuestos sobre transferencia, excepto el pago de timbres y papel sellado.
Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil; del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Víctor Castillo Suárez, Walter Núñez Rivero, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.