10 DE DICIEMBRE DE 1975 .- Apruébase el plan denominado VALORIZACIÓN DE YACIMIENTOS DE ASBESTO Y/O MAGNESITA—PRIMERA FASE, a ser ejecutado conjuntamente por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el Servicio Geológico de Bolivia.
DECRETO SUPREMO N° 13160
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Comisión Técnica Económica de Asbesto, integrada por representantes del Ministerio de Minería y Metalurgia, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Servicio Geológico de Bolivia y Corporación Boliviana de Fomento, ha efectuado el estudio y análisis conducentes a la solución de los problemas de la Planta Experimental de Asbesto de Cochabamba y problemas conezos, habiendo recomendado la continuación del proyecto en sus etapas de exploración geológica, desarrollo minero y comercialización de la fibra de asbesto;
Que, en base a dichas recomendaciones, es necesario diseñar un plena de acción adecuado, que encare gradualmente el desarrollo de una industria asbestífera en Bolivia, dentro de las disponibilidades de recursos del Tesoro General de la Nación;
Que, el Servicio Geológico de Bolivia y la Organización de Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), han elaborado el plan denominado VALORACION DE YACIMIENTOS DE ASBESTO Y MAGNESITA -PRIMERA FASE, con el objetivo principal de determinar la existencia de reservas mínimas de asbesto para asegurar el normal desenvolvimiento de la Planta Experimental de Asbesto, actualmente instalada en Cochabamba, y, asimismo, si las condiciones así lo justifican, expandir la exploración hacia los yacimientos de magnesita existentes en la región Chapare;
Que, es necesario nombrar la institución especializada que actué como organismo de contraparte por el Gobierno Nacional;
Que, las asignaciones presupuestarias del Tesoro General de la Nación para los gastos de la contraparte nacional, deben servir a les fines de creación de un fondo nacional de exploración con carácter rotativo y contingente;
EN CONSEJO DE MINISTROS.
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba el plan denominado VALORACION DE YACIMIENTOS DE ASBESTO Y/0 MAGNESITA - PRIMERA FASE, a ser ejecutado conjuntamente por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y el Servicio Geológico de Bolivia (GEOBOL, como Agencia Gubernamental de Contraparte, modificándose, en consecuencia, el Convenio BOL/68/520, previo cumplimiento de las formalidades de rigor con la entidad internacional señalada, debiendo firmarse el Convenio respectivo con el citado organismo internacional
ARTÍCULO 2.- El Proyecto contará con un aporte de $us. 226.000.- por parte de ONUDI y de $us. 201.580.- con cargo al presupuesto naiconal y tendrá una duración de quince meses computables a partir del 19 de Octubre de 1975.
ARTÍCULO 3.- Los aportes del Tesoro General de la Nación serán recuperados a través de un fondo nacional de carácter rotativo y contingente, a cargo del Ministerio de Minería y Metalurgiañ cuya constitución y funcionamiento será objeto de una disposición reglamentaria expresa.
ARTÍCULO 4.- Cualquier recurso propio generado por el proyecto, a travéz de la venta de servicios de la Planta Experimental, será depositado en una cuenta especial cuyo movimiento será fiscalizado por el Ministerio de Minería y Metalurgía.
Quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Planeamiento y Coordinación, Finanzas, Minería y Metalurgía e Industria, Comercio y Turismo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.