18 DE DICIEMBRE DE 1975 .- Autorízase a los Ministerios de Finanzas y Educación y Cultura aprobar el contrato de préstamo entre el Gobierno de EE.UU., a través de la Agencia para el Desarrollo y el Gobierno de Bolivia, por $us. 4.924.000.— para mejoramiento de sistemas educativos en las comunidades rurales.
DECRETO SUPREMO Nº 13211
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional, ha ofrecido al Gobierno de Bolivia un préstamo dentro del programa de la Alianza para el Progreso, por la suma de $us. 4.924.000, con destino a financiar cuatro programas mayores necesarios para mejorar el sistema de servicios educativos en las comunidades rurales;
Que, dicho mejoramiento deberá contribuir al desarrollo de 20 comunidades rurales seleccionadas en el Departamento de Cochabamba.
Que, es necesario aprobar la operación y autorizar a los Ministros de Finanzas y de Educación y Cultura para que suscriban el correspondiente contrato de préstamo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos y condiciones el contrato de préstamo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional y el Gobierno de Bolivia, por la suma de cuatro millones novecientos veinticuatro mil dólares americanos ($us. 4.924 000), con destino al proyecto de mejoramiento de sistemas educativos en las comunidades rurales, conforme a las siguientes condiciones básicas;
Interés: 2% anual durante los primeros 10 años y 3% durante 30 años.
Plazo: 40 años con diez años de período de gracia.
La ejecución del proyecto será llevada a cabo por el Ministerio de Educación y Cultura.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministros de Estado en las carteras de Finanzas y Educación y Cultura a suscribir, en nombre del Gobierno de Bolivia, el correspondiente contrato de préstamo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Educación y Cultura quedan encargados de la ejecución cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.