18 DE DICIEMBRE DE 1975 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Adquisiciones de Y.P.F.B. en favor de la Cía. Shell de Venezuela N. V. para provisión 18.000.000 galones americanos de gasolina de aviación a $us. 0.6425 por galón.
DECRETO SUPREMO N° 13219
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante Licitación Pública N° 230/75, convocó a propuestas para la provisión de gasolina de aviación 100/130 octanos, con destino al consumo nacional, en razón a que en el país no se produce ese tipo de producto.
Que, la Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en su reunión N° 7/75 del 24 de marzo de 1975, adjudicó la precitada Licitación Pública en favor de la Compañía Shell de Venezuela N.V., adjudicación que fue ratificada por el Directorio de dicha empresa fiscal en su reunión N° 69 del 26 de agosto de 1975, incluyendo las necesarias operaciones de transporte desde puertos de origen y almacenamiento en los puertos de tránsito y descarga situados en Chile, a ser realizados por Coral Petroleum Company Limited y Esso Standard Oil Co. (Chile) S.A.C., respectivamente.
Que, de acuerdo con lo previsto por el Art. 2° del Decreto Supremo N° 11397 de 26 de marzo de 1974, las adjudicaciones y contrataciones efectuadas por YPFB. por montos superiores a $b. 40.000.000.- deben ser legalizadas mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Adquisiciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos en favor de la Compañía Shell de Venezuela N. V. para la provisión de 18.000.000 de galones americanos de gasolina de aviación 100/130 octanos, al precio de $us. 0.6425 por cada galón americano.
ARTÍCULO 2.- Debiendo ejecutarse fuera de Bolivia las operaciones de aprovisionamiento de la gasolina de aviación así como el transporte y almacenamiento de dicho producto emergente de la Licitación Pública N° 230/75, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos la suscripción, en el exterior del país, de los respectivos contratos con las Compañías Shell de Venezuela N.V., Coral Petroleum Company Limited y Esso Standard Oil Co. (Chile) S.A. C.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Energía e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.