12 DE ENERO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de "CORPAGUAS" en favor de la firma Mendoza y Cía. Ltda., por Sb. 1.661.841.04, para la provisión de Materiales de construcción de los sistemas de agua potables en Patacamaya, Challapata y Machacamarca.
DECRETO SUPREMO Nº 13309
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, la Corporación de Agua Potable y Alcantarillado “CORPAGUAS”, con las facultades que le confiere el D.S. Nº 07942 de 8 de Marzo de 1967, convocó a propuestas conforme a licitación Nº 2/75, para la provisión de tuberías de Asbesto - Cemento, Accesorios de Fierro Fundido, Bronce y Galvnizado, destinados a la construcción de los sistemas de agua potable en las localidades de Patacamaya, Challapata, Machacamarca, Departamentos de La Paz y Oruro.
Ques, se han cumplido las formalidades legales de acuerdo al D.S. de 22 de mayo de 1939 y D.L. Nº 10120 de 2 de febrero de 1972 la Junta de Licitaciones de “CORPAGUAS” en su reunión de 21 de noviembre de 1975, adjudicó en favor de la firma Mendoza y Cia. Ltda., conforme a informes técnico-economico, juridícos, cuadros comparativos, dictámenes y demás antecedentes elevados a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada es la más conveniente a los intereses del Estado;
Que, en virtud del Art. 7°, inciso c) del D. S. Nº 12262 de 24 de febrero de 1975, corresponde aprobar la licitación adjudicada por “CORPAGUAS”, de acuerdo al monto;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de “CORPAGUAS” en favor de la firma Mendoza y Cía. Ltda. de esta ciudad por un valor de $bs.- -. 1.661.841.04 (PESOS BOLIVIANOS UN MILLON SEICIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CERO CUATRO CENTAVOS), puesto CIF- LA PAZ, incluidos fletes, materiales destinados a la construcción de los sistemas de agua potable en las localidades de Patacamaya, Challapata y Machacamarca, suma que pagará “CORPAGUAS” con fondos de su presupuesto, autorizándose además la suscripción del respectivo contrato, con intervención del Contralor General de la República y la concurrencia del señor Fiscal de Gobierno, personeros de CORPAGUAS y representantes legales de la firma adjudicataria.
ARTÍCULO 2.- En cumplimiento al Art. 18 del D. S. Nº 07942 de 8 de marzo de 1967, queda exonerada de los impuestos y patentes nacionales, departamentales, municipales, aduaseros y de cualquier otra naturaleza por tratarse de obra de interés público.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce dias del mes de enero de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, René Bernal Escalante, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Juan Pereda Asbún, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Víctor Gonzáles Fuentes, José Astonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Santiego Maesse Roca.