23 DE MARZO DE 1976 .- Autorízase a la Junta de Selección del Ministerio de Relaciones Exteriores, proceder a la contratación de servicios de construcción del Edificio de la Embajada de BoÜvia en Washington, EE. UU. por $us. 233.000.—
DECRETO SUPREMO N° 13435
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por Decreto Supremo. N° 12055 de 19 de diciembre de 1974, se han asignado recursos en un monto de $us. 233.000.- para la rehabilitación del edificio de la Embajada de Bolivia en Washington;
Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 12944 del 11 de octubre de 1975 autoriza a la. Embajada de Bolivia en Washington a contratar los servicios de consultoría necesarios para efectuar los estudios y trámites que permitan ejecutar el proyecto de rehabilitación de la residencia de dicha Embajada y la construcción de un nuevo edificio para oficinas;
Que, la compañía de arquitectos a la que se encomendó este trabajo, después de un examen de alternativas, ha aconsejado rehabilitar el actual edificio para residencia y construir otro adyacente para cancillería;
Que, se prevé que el Consejo de Urbanismo de la ciudad ele Washington concederá de inmediato el permiso para la rehabilitación de la residencia, pero demorará para otorgar el necesario permiso para efectuar la nueva construcción;
Que, ha llegado el momento de reglamentar la selección y contratación de una firma para la ejecución de la obra, teniendo en cuenta las modalidades existentes en los Estados Unidos de América, como lo establece el artículo 3º del Decreto Supremo N° 12944;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Junta de Selección, creada por Decreto Supremo Nº 12944 de fecha 11 de octubre de 1975, a proceder a la contratación de servicios de construcción, a través de una selección por invitación directa, cualquiera sea el monto involucrado, negociando directamente el costo del servicio.
ARTÍCULO 2.- El monto de $us.-- 233.000.- asignados por Decreto Supremo N° 12055 de 19 de diciembre de 1974, será destinado a estos trabajos de rehabilitación de la residencia de la Embajada de Bolivia en Washington. Esta rehabilitación deberá comprender la provisión de muebles y enseres adecuados. En caso de resultar esta suma insuficiente, la Embajada tramitará, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la asignación de mayores recursos.
ARTÍCULO 3.- Se mantiene la composición de la Junta de Selección creada por Decreto N° 12944, estableciéndose que, en caso de ausencia o inhabilidad del Ministro Consejero será sustituído por el Primer Secretario de la Embajada.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Finanzas y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Tórres Navarro, Santiago Maesse Roca.