25 DE MARZO DE 1976 .- Autorízase al Banco Central conceder al Programa Castaña de la Corporación Boliviana de Fomento un crédito puente de $b. 2.000.000.-para canalizarlo en favor de Industrias Unidas S. A. "INDUSA" con carácter de fomento.
DECRETO SUPREMO N° 13441
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, una gran parte de la producción de castaña del Noroeste de la República es exportada sin beneficiar, lo que resulta en detrimento de la economía del país;
Que, con el objeto de fomentar las actividades de las plantas beneficiadoras de castaña existentes se creó el Programa Castaña, financiado por la Corporación Boliviana de Fomento y el Banco Central de Bolivia;
Que, entre las empresas favorecidas por dicho Programa Castaña no se encuentra la firma Industrias Unidas Sociedad Anónima (INDUSA), cuya rehabilitación es necesaria si se desea incrementar las exportaciones de castaña beneficiada;
Que, la nombrada empresa “INDUSA” ha solicitado del Supremo Gobierno un crédito industrial supervisado, con carácter de fomento, por un monto de $us. 100.000.-, habiéndose considerado viable conceder tal préstamo en la suma de $b. 2.000.000.- (Dos millones 00/100 Pesos Bolivianos) con la que se estima que podrá afrontar los gastos de compra de castaña y su beneficio para la ulterior comercialización a través de la Corporación Boliviana de Fomento;
Que, consiguientemente, correspondería al Supremo Gobierno autorizar expresamente la concesión de un crédito puente por parte del Banco Central de Bolivia, con recursos externos provenientes de trámites de INDEF a la Corporación Boliviana de Fomento para Industrias Unidas S. A. (Planta Beneficiadora de Castaña de Cachuela Esperanza) "INDUSA".
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder al Programa Castaña de la Corporación Boliviana de Fomento un crédito puente de $b. 2.000.000.- (Dos millones 00/100 Pesos Bolivianos) con recursos externos provenientes de INDEF para canalizarlo en favor de Industrias Unidas S. A. "INDUSA" con carácter de fomento y con supervisión de CBF.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los términos y condiciones del contrato de préstamo correspondiente, serán acordadas entre el Instituto Emisor y la Corporación Boliviana de Fomento.
Los señores Ministros de Finanzas, de Planeamiento y Coordinación y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de Marzo de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.