06 DE ABRIL DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junia de Almonedas de CORDEPAZ, en favor de la firma Ingeniería Politécnica Americana Lida. y su asociada exlerna Hidroservice Ingeniería de Proyectos Ltda. para estudio de consultoría de un "Programa Integrado de Proyectos Productivos para el Noroeste del Depto. de La Paz, por $us. 910.000.—.
DECRETO SUPREMO Nº 13464
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, previa convocatoria a propuestas públicas, la H. Junta de Almonedas de la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz (CORDEPAZ), en sesión de 7 de julio de 1975, adjudicó a la firma “Ingeniería Politécnica Americana Ltda.” (IPA) y a su asociada “Hidroservice Ingeniería de Proyectos Ltda.” (HIDROSERVICE), la Licitación Nº 5/74 “Programa Integrado de Proyectos Productivos para el Noroeste del Departamento de La Paz”, por la suma alzada de NOVECIENTOS DIEZ MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 910.000.-) pagaderos de acuerdo al siguientes desglose: En pesos bolivianos al tipo de cambio vigente en el Banco Central de Bolivia en los días de los respectivos pagos CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 45/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 404.444.45); en cartas de garantía hasta un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 455.000.-) y CINCUENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO 55/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 50.555.55) que corresponde al aporte local del 10% exigido por el Banco do Brasil S. A. para el refinanciamiento a la consultora.
Que, del estudio de los antecedentes se desprende que se ha cumplido con todas las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 10418, de 18 de agosto de 1972;
Que, asimismo se ha obtenido el financiamiento parcial del costo del estudio por parte de la casa matriz del Banco do Brasil S. A.; en favor de la consultora extranjera, en una proporción del 50% del costo total del estudio y que es necesario autorizar al Banco Central de Bolivia conceder el aval correspondiente;
Que, de conformidad con el artículo 20 de la citada disposición legal, corresponde aprobar la mencionada adjudicación mediante la respectiva disposición acorde con dicho monto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas de la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, en favor de la firma Ingeniería Politécnica Americana Ltda. y su asociada externa Hidroservice Ingeniería de Proyectos Ltda. para el estudio de consultoría de un "Programa Integrado de Proyectos Productivos para el Noroeste del Departamento de La Paz", por la suma de NOVECIENTOS DIEZ MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 910.000.-) pagaderos de acuerdo al siguiente desglose:
$us. 404.444.45 En pesos bolivianos al cambio vigente en el Banco Central de Bolivia.
$us. 455.000.- En dólares americanos.
$us. 50.555.55 En dólares americanos, correspondientes al a porte local del 10% exigido por el Banco del Brasil S. A. para el refinanciamiento de la consultora.
Con cargo a los recursos de CORDEPAZ, previa suscripción de la minuta y escritura pública respectiva, debiendo concurrir a la firma de dichas documentos el Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno, juntamente con los personeros ejecutivos de CORDEPAZ.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia a conceder aval mediante Carta de Garantía, en favor de la casa matriz del Banco do Brasil S. A. hasta la suma de $us. 455.000.- correspondiente al financiamiento externo.
ARTÍCULO 3.- Se concede las liberaciones y franquicias legales siguientes, en favor de la firma externa HIDROSERVICE, para los efectos del contrato de estudio de consultoría:
Liberación de todo impuesto, depósitos previos a cualquier otro gravamen sobre la importación y exportación de efectos personales de los técnicos extranjeros contratados para el estudio por el período que dure el Contrato.
Liberación de todo gravamen, impuestos, derechos arancelarios excepto las tasas por servicios prestados, Fiscal, de AADAA, 1% Prodesarrollo, Noroeste y 5% en timbre sobre el monto liberado, sobre vehículos importados para el uso de la Consultora, los que una vez vencido el Contrato quedarán en propiedad de CORDEPAZ, sin costo alguno; así como el régimen de admisión temporaria de los equipos que se requiera; materiales, útiles de oficinas y demás elementos que tuvieren que utilizarse, mediante autorización expresa, en cada caso, por el Ministerio de Finanzas.
Exoneración del impuesto sobre intereses en la operación de financiamiento concedido por parte de la casa matriz del Banco do Brasil S. A. de la República Federal del Brasil.
Exoneración de todo Impuesto Nacional, Departamental, Municipal y Universitarios que grave los honorarios de la firma consultora externa. La exoneración no beneficiará a la firma nacional asociada.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de abril de mil novecientos sententa y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.