09 DE ABRIL DE 1976 .- Apruébase la adjudicado;de la Junta de Licitaciones de CONAVI fabriles. Constructores y Gráficos, en favor de Empresa Constructora Ingeniería Civil, para construcción de viviendas en Santa Cruz por $b. 4.416.439.90.
DECRETO SUPREMO N° 13477
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, de acuerdo al Art. 4º, inciso e) del Decreto Supremo Nº 10733 de 16 de febrero de 1973, mediante Licitación Nº 001/76, convocó a Propuestas para la construcción de 30 viviendas de interés social en la Zona U.V. 17, M. 15 y M. 18 de la ciudad de Santa Cruz;
Que, cumplido el procesamiento previsto por el Decreto Ley Nº 10120 de 2 de febrero de 1972, la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, en reunión de 4 de marzo de 1976 resolvió adjudicar a la Empresa Constructora “INGENIERIA CIVIL” la construcción de las 30 viviendas por el valor de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS TREINTINUEVE 90/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 4.416.439,90);
Que, de conformidad con el Decreta Ley Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, Art. 14, inciso d) corresponde aprobar la adjudicación de acuerdo al monto;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO l.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos mediante Resolución Nº 002 de 4 de marzo de 1976 en favor de la Empresa Constructora "INGENIERIA CIVIL" para la construcción de 16 viviendas pareadas de 3 dormitorios; 12 viviendas pareadas de 2 dormitorios y 2 viviendas no pareadas de 2 dormitorios, en la ciudad de Santa Cruz, Zona U.V. 17, M. 15 y M. 18, con destino a los sectores laborales que lo complementan por el precio global de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTINUEVE 90/100 PESOS BOLIVIANOS), $b.---- 4.416.439,90) .
ARTICULO 2.- Autorízase la suscripción del respectivo contrato con intervención del Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos y el personero legal de la Empresa adjudicataria.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan, Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Gonzales Fuentes, Carlos Calvo Galindo, Mario Vargas Salinas, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.