07 DE MAYO DE 1976 .- Confírmase en definitiva el área replanteada por el Instituto Geográfico Militar, fijada por el Consejo de Plan Fegulador y aprobada po D. S. 8845 de 9-VII-69 para 1a instalación del Parque Industria de la ciudad de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO Nº 13553
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Consejo del Plan Regulador de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, creado por Resolución Suprema N° 138928 de 19 de julio de 1967, deteminó la zona destinada a la instalación del Parque Industrial y cuya afectación se materializó mediante el D. S. 8845 de 9 de julio de 1969 que declaró de necesidad y utilidad pública la expropiación de los terrenos situados al Noroeste y fuera del 4° anillo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Que, el replanteo de esos terrenos expropiados fue encomendado al Instituto Geográfico Militar y se hallan comprendidos dentro del perímetro determinado por las picadas donde se colocaron los bulones de las poligonales trazadas abarcando una superficie de 962 hectáreas, 75 áreas y 34 centiáreas.
Que, el artículo 5° del mencionado Decreto de expropiación aprueba los planos y ubicación del Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, determinado por el Consejo del Plan Regulador y el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, encargado de proceder a su urbanización y dotación de los servicios necesarios.
Que, sobre el área expropiada para el Parque Industrial se elaboraron los estudios de su factibilidad y de la infraestructura que se halla en actual instalación: Agua potable, alcantarillado y estación de aguas servidas, pavimentación, red de distribución de gas, desvíos ferroviarios internos.
Que, el D. S. Nº 13300 de 7 de enero de 1976, al variar la ubicación del área del Parque Industrial, después de seis años, de haberse iniciado su ejecución, ha causado una desorganización de las obras que afectan a la ubicación, asentamiento y funcionamiento de las industrias localizadas; situación que es necesario corregir en defensa de la economía del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Confírmase en definitiva el área replanteada por el Instituto Geográfico Militar, fijada por el Consejo del Plan Regulador y aprobada por el D. S. N° 8845 de 9 de julio de 1969 para la instalación del Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, situada al Noroeste y fuera del 4° anillo y cuyo limite sur lo constituye la prolongación de la Avenida Sucre.
ARTÍCULO 2.- Abrógase el D. S. Nº 13300 de 7 de enero de 1976 y toda otra disposición contraria al presente Decreto.
Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Urbanismo y Vivienda, Planeamiento y Coordinación y del Interior, Inmigración y Justicia, quedan encargados de ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Guillermo Jiménez Gallo, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.