02 DE JUNIO DE 1976 .- Autorízase al Instituto de Investigaciorass Minero-Metalúrgicas, la adquisición directa de las firmas Carl Zeiss y Walter F.C. Ebel de Alemania, de dos microscopios por DM. 125.095.48 equivalente a $b. 976.163.42.
DECRETO SUPREMO N° 13619
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Instituto de Investigaciones Minero-Metalúrgicas para la prestación de servicios en el área de microscopía aplicada al beneficio de minerales, requiere de equipos y materiales de características especiales;
Que, estos equipos y materiales son ofertados únicamente por firmas como Carl Zeiss, Leitz, Karl Kolb y Walter F. O. Ebel, de reconocido prestigio en la fabricación de aparatos de precisión óptica y materiales de laboratorio.
Que, el Instituto de Investigaciones Minero Metalúrgicas en noviembre de 1974 solicitó a las mencionadas firmas las cotizaciones respectivas para la provisión de microscopios y material de laboratorio, cotizaciones recibidas y evaluadas por el Instituto en enero de 1975;
Que, las variaciones de precios siempre ascendentes en el mercado internacional que determinaron la adopción de medidas de emergencia como el D.S. Nº 11681 de 13 de agosto de 1974, motivaron al Instituto para solicitar al Ministerio de Minería y Metalurgia la autorización respectiva para proceder a la adquisición directa de los equipos indispensables para el cumplimiento de sus labores, en base a las cotizaciones recibidas.
Que la oferta de la firma Carl Zeiss, por DM. 64.426.93, fue la más favorable para la provisión de dos microscopios y la de la firma Walter F.C. Ebel por DM. 60.688.50 para material de laboratorio.
Que, estas adquisiciones por parte de una institución del Estado benefician la industria minera del país y por lo tanto debieran gozar de las liberaciones arancelarias;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Instituto de Investigaciónes Minero-Metalurgicas, la adquisición directa de las Firmas Carl Zeiss y Walter F.C. Ebel, ambas de Alemania, de dos microscopios con implementos y equipos de laboratorio, con valor CIF. Puerto de OM. 125,095,43 equivalente a $b. 976.163.42 a que se refieran las facturas comerciales Nos. 80 034,80 186 y 75.500 de mayo, 12 y 25 de junio de 1975.
ARTÍCULO 2.- La adquisición que entecede queda liberada del pago de derechos arancelarios, impuesto adicional, impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios, excepto el cargo del 1 % creado por D.S. 08004. la tasa retributiva de servicios prestados conforme al D.S. Nº 11186 de 23 de noviembre de 1973, uso de timbres del 5% sobre montos liberados y el 0.5% tributable a AADAA.
ARTÍCULO 3.- La liberación dispuesta en el articulo 2° del presente Decreto, será otorgada en cada caso por el Ministerio de Finanzas, a la presentación de la documentación comercial original legalizada en país de procedencia.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de Junio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca, Mario Vargas Salinas.