07 DE JUNIO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Almonedas del Comando Gral. del Ejército, favor de la firma Cía. Boliviana de Comercio para provisión 500 baterías marca Multi-Mile para vehiculos livianos y 450 baterías para vehículos pesados de la misma marca por total $us. 85.235.68. equivalente de $b. 1.738.808.—
DECRETO SUPREMO Nº 13632
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Comando General del Ejército, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el
Decreto Supremo Nº 12922 de 3 de octubre de 1975, mediante licitación pública Nº 3/76 convocó a propuestas para la provisión de baterías de vehículos livianos y pesados con destino al Ejército Nacional;
Que, la H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha 6 de abril de 1976, procedió a la apertura de propuestas, nombrando a la vez la Comisión encargada de faccionar el cuadro comparativo y emitir el consiguiente informe;
Que, la H. Junta de Almonedas en sesión de fecha 19 de abril de 1976, previo estudio del cuadro comparativo e informe técnico - jurídico de la Comisión dispuso la adjudicación que a continuación se indica;
Que, habiendo dado cumplimiento a los requisitos de Ley corresponde su aprobación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Comando General del Ejército en fecha 19 de abrilde 1976, en favor de la firma CIA. BOLIVIANA DE COMERCIO para la provisión de 500 baterías marca MULTI
ARTÍCULO 2.- El valor total de las adquisiones que se autoriza en el artículo 1º del presente Decreto que asciende a la suma de UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHO 00/100 PESOS BOLIVIANOS, ($b. 1.738.808.00) $us. 85.235.68, será imputado a la Cuenta: “REPUESTOS PARA VEHICULOS”, del Presupuesto del Comando General del Ejército, gestión 1976.
ARTÍCULO 3.- De conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 10142 de 3 de marzo de 1972, libérase del pago de derechos aduaneros en general a las adquisiciones que se autoriza, debiendo el Ministerio de Finanzas expedir la Resolución liberatoria a la legislación aduanera vigente.
Los señores Ministros deEstado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro.