09 DE JUNIO DE 1976 .- Autorízase a Min. Transportes y a AASANA la suscripción directa de Ordenes de Cambio con la Empresa Barios y Cía. S.A. al contrato firmado por el mejoramiento aeropuertario de Santa Cruz por $b. 32.000.000.—.
DECRETO SUPREMO N° 13650
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, bajo el financiamiento de los Convenios de Préstamo AID-511-LCL-l023 y AID-311-L-039, suscritos entre los Gobiernos de Bolivia y Estados Unidos de Norte América, fueron contratados el año 1970, los servicios de Consultoría de las empresas asociadas Harris-Galindo, para la preparación de estudios especiales del complejo aeroportuario de Santa Cruz, que sirvieron a la Empresa ITALCONSULT en la elaboración del Plan Maestro y Diseño Definitivo del aeropuerto de Viru-Viru, documentos que a la fecha han sido plenamente aprobados para ejecutarlos en todas sus fases;
Que, a través del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y al Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) y, en base a los Convenios de Préstamos aludidos, se firmó con la Empresa Bartos y Cía. S. A. un contrato para la ejecución de obras de mejoramiento aeroportuario en Santa Cruz.
Que, siendo preocupación del Supremo Gobierno en su política de desarrollo nacional, impulsar la infraestructura del país y constituyendo Viru-Viru un proyecto incluido en el programa de mejoramiento aeroportuario de Santa Cruz, una obra de vital importancia para el desarrollo socio-económico; es necesario dotarle de un instrumento legal que agilice la iniciación de trabajos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de la Navegación Aérea (AASANA) la suscripción directa de Ordenes de Cambio con la Empresa Bartos y Cía. S. A. al contrato firmado para el mejoramiento aeroportuario de Santa Cruz con un alcance que permita la realización de trabajos del sistema de drenaje preparatorio a la ejecución del proyecto Viru- Viru, hasta la suma de Treinta y dos Millones 00/100 de Pesos Bolivianos ($b. 32.000.000.-).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Asimismo, se autoriza al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, y a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), la suscripción directa de Enmienda al Contrato con la Empresa Consultora Asociados Ltda. (COAS) hasta al suma de Dos Millones 00/100 Pesos Bolivianos ($b. 2.000.000.-), para la realización de servicios de consultoría destinados a ensayos e investigaciones y la consiguiente supervisión y control de proyecto en su ejecución a cargo de la Empresa Bartos y Cía. a ser aplicados en la iniciación de las obras.
ARTÍCULO TERCERO.- De conformidad con el Decreto Supremo Nº 05019 de fecha 21 de junio de 1967, elevado a rango de Ley en 16 de octubre de 1968 y de acuerdo a lo determinado en los contratos principales suscritos en base al Préstamo AID-511-LCL-1023 y AID-511-L-039, convalídase lo dispuesto con referencia a liberación y exención de impuestos para las Ordenes de Cambio en las Contratos de mejoramiento del Aeropuerto de Santa Cruz con la Empresa Bartos y Cía. S. A.
ARTÍCULO CUARTO.- El valor total referido en los artículos los primeros y segundo del presente Decreto Supremo, será cancelado por intermedio de la Dirección de Coordinación y Control de Proyectos (DCCP), con cargo a fondos provenientes del Tesoro General de la Nación de las gestiones correspondientes a 1976 y 1977.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zalaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro.