22 DE JUNIO DE 1976 .- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la H. Alcaldía Mpl. de Mocomoco, provincia Camacho, La Paz para la gestión 1976.
DECRETO SUPREMO Nº 13681
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de “Mocomoco” Provincia Camacho del Departamento de La Paz, ha presentado Proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo sobre la referida Ordenanza.
CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO DE ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de “Mocomoco” Provincia Camacho del Departamento de La Paz, para la gestión de 1976, en sus 32 Item. y 8 párrafos.
1 | Abogados, agrónomos, veterinarios, médicos, ingenieros con grado académico universitario………………………. | 20.-
2 | Agrimensores, topógrafos, enfermeras, mecánicos dentales, etc…………………………………………………. | 100.-
3 | Fotógrafos, ambulantes, joyeros, cada vez………………. | 10.-
PARRAFO “B” INDUSTRIALES
4 | Molinos a corrientes de agua, anual……………………. | 40.-
5 | Fabricantes de objetos de barro, cerámica
tejedores de jerga y bayetas………………………………… | 10.-
PARRAFO “C” COMERCIO
6 | Tiendas de abarrotes, mercaderías en general, bares
restaurantes, cafeterías, hoteles alojamientos y otros
servicios de alimentación y cantina, no
clasificados…………………………………………………. | 50.-
7 | Sentaje por ocupación de vía, en ferías, mesas de juego, comerciante ambulantes y otros por cada vez………………. | 5.-
8 | Agencias encargadas de reenganche de obreros y contratistas por cada vez………………………………. | 20.-
9 | Expendio de chicha por cada botella………………………. | 0.20
PARRAFO “D” DERECHOS
10 | Sello y resello de balanzas, platillos y romanas de pilón, anual………………………………………………… | 5.-
ITEM DETALLE | CATEGORIA UNICA
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11 | Sello y resello de medidas de longitud, metro, vara
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anual………………………………………………………. | 5.--
PARRAFO "E" POR DERRIBE DE GANADO
12 | Bovino, ovino, cabrios, etc.……………………………….. | 5.-
13 | A la compra-venta de ganado en ferias, plazas
Públicas, así como internación para derribe u otros
de derechos que pagará el comprador o internador:
Por cabeza de ganado vacuno………………………………. | 10.-
Por cabeza de ganado lanar………………………………… | 10.-
Por cabeza de ganado caballar……………………………... | 15.-
Por cabeza de ganado porcino……………………………… | 10.-
CORAMBRE Y LANAS
14 | Por cada cuero de llama, alpaca con vellón, el
comprador pagará…………………………………………… | 5.-
15 | Por cada cuero de oveja, vacuno el comprador
pagará………………………………………………………… | 2.-
16 | Por cada quintal de lana de llama, alpaca, oveja:
comprador pagará……………………………………………. | 10.-
PARRAFO “F” CEMENTERIO GENERAL
17 | Terrenos a perpetuidad, para construcción de
mausoleos, el metro cudrado………………………………… | 100.-
18 | Por traslado de restos mortales del ó al interior de
la República:
Por cuerpo mayor…………………………………………….. | 20.-
Por cuerpo menor…………………………………………….. | 10.-
19 | INHUMACIONES
En mausoléo o nichos particulares:
a) Cuerpo mayor…………………………………………… | 10.-
b) Cuerpo menor…………………………………………… | 5.-
c) En el suelo cuerpo mayor……………………………….. | 10.-
d) En el suelo cuerpo menor………………………………. | 5.-
e) En cementerios particulares:
Cuerpo mayor……………………………………………… | 20.-
Cuerpo menor……………………………………………… | 10.-
ITEM D E T A L L E | CATEGORIA UNICA
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20 | EXHUMACIONES
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Con trámite y autorización…………………………………… | 200.-
Sin trámites…………………………………………………… | 500.-
IMPUESTOS MUNICIPALES PARRAFO “G”
21 | Por venta de incienso, copal, café, el comprador
pagará por quintal…………………………………………….. | 10.-
22 | Por venta de qq. de chalona…………………………………... | 10.-
23 | Por lata de poroto tostado…………………………………….. | 5.-
24 | Cajón de 100 huevos de gallina………………………………. | 5.-
25 | Por venta de maíz, por cada qq……………………………….. | 5.-
26 | Por ingreso de azúcar, harina, fósforos, ropas y
otros de la República del Perú, como producto de
contrabando, sobre el valor a la venta, porcentaje…………… | 5%
27 | Bandas de música, por día…………………………………… | 10.-
28 | Quema de fuegos artificiales………………………………… | 10.-
SERVICIOS TECNICOS
29 | Derechos de ocupación de vías, por m2. y por día
en la plaza pública…………………………………………… | 0.50
PARRAFO 'G' LICENCIAS
30 | Por derribe o tala de árboles, por cada uno………………….. | 5.-
31 | Por extracción de callapos y grivas para las minas,
por cada camionada………………………………………….. | 25.-
MULTAS VARIAS
32 | Multas por destrozos de mojones y señales, derribe
clandestino de ganado, por choque de postes,
árboles, bancos sobre el valor de la indemnización………….. | 100%
ARTÍCULO 2.- Los Impuestos y Patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5.- Las Poblaciones Satélites dentro del Radio Urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de impuestos municipales, mientras no dispongan de dicho servicio.
ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Lechín Suárez, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.