Abrogada
25 DE JUNIO DE 1976 .- Homológase convenio entre ENFE, La Prefectura, Alcaldía y Corporación de Desarrollo de Oruro que acuerda la transferencia, pago y compensación de terrenos $us.— 4.500.000.—.
DECRETO SUPREMO Nº 13703
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Corporación de Desarollo de Oruro “CORDEOR” tiene proyectada la construcción de un centro urbano moderno en los terrenos actualmente ocupados por la estación e instalaciones de la Empresa Nacional de Ferrocarriles en las zonas Norte y Sud de aquella ciudad;
Que, por su parte la H. Alcaldía Municipal de Oruro, dentro de su Plan Regulador, contempla la eliminación del acceso ferroviario por la Avenida 6 de Agosto, por constituir el mismo un serio obstáculo al crecimiento y reordenamiento urbano aprobado por los organismos técnicos de la Comuna Orureña;
Que, a su vez la Empresa Nacional de Ferrocarriles, tomando en cuenta las determinaciones del Plan Regulador de la ciudad de Oruro y los problemas técnico –económicos derivados del crecimiento del transporte ferroviario que no pueden ser satisfechos en las áreas urbanas, ha visto la necesidad de trasladar sus instalaciones a la localidad de San Pedro por ser el lugar más conveniente para las operaciones ferroviarias;
Que, existiendo recíproco interés por parte de cada una de las entidades nombradas, de común acuerdo tienen suscrito un convenio de transferencia y permuta de propiedades, con cargo de homologación mediante Decreto Supremo.
Que, tratándose de la solución de problemas de interés nacional, que beneficiaran al crecimiento y reordenamiento urbano de la ciudad de Oruro, es procedente la sanción del convenio de referencia,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Homológase el convenio suscrito en fecha 4 de marzo de 1976, la Empresa Nacional de Ferocarriles, Prefectura del Departamento, la H. Alcaldía Municipal y la Corporación de Desarrollo de Oruro (CORDEOR) por le que se acuerda la transferencia, pago y compensación de terrenos en beneficio de los planes de trabajo de cada una de las entidades nombradas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En cumplimiento del convenio homologado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, la transferencia de 122.320 m2. de terrenos ubicados en la Estación Sud, y de 565.080 m2. de terrenos ubicados en la Estación de Oruro, al precio total de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us. 4.500.000.-) que serán abonados en moneda nacional, en el plazo máximo de cinco años.
ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza igualmente a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la cesión de los terrenos que comprenden el derecho de vía en la Avenida 6 de agosto, de la calle Sargento Flores y de los lugares dentro del radio urbano donde se levanta la línea. En compensación por la entrega de estos terrenos, la Corporación de Desarrollo de Oruro, dotará a la Empresa Nacional de Ferrocarriles de ochenta (80) hectáreas de terrenos situados en la zona note de la ciudad (San Pedro) con destino a la instalación de la nueva Estación Central de Oruro, con todas sus dependencias, así como el derecho de vía para la construcción de los enlaces ferroviarios con las vías principales a Cochabamba y Machaca-marca.
ARTÍCULO CUARTO.- La transferencia recíproca de terrenos a que se refiere el artículo anterior tendrá carácter de compensación en condiicones de paridad y sin cargo alguno para las partes.
ARTÍCULO QUINTO.- La Empresa Nacional de Ferrocarriles y la Corporación de Desarrollo de Oruro (CORDEOR), suscribirán con la intervención de la Fiscalía de Gobierno y Contraloría General de la República, las respectivas escrituras públicas de transferencia y compensación.
ARTÍCULO SEXTO.- Por tratarse de entidades del Estado, se libera la transferencia y compensación de terrenos de los impuestos nacionales y departamentales.
Los señores Ministros, en los Despachos de Finanzas, de Planeamiento y Coordinación y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, René Bernal Escalante, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Juan Pereda Asbún, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Alfonso Villalpando Armaza, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Santiago Maesse Roca.