14 DE JULIO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Adquisiciones de ENTEL, para provisión de equipos, materiales, herramientas, repuestos y servicios de supervisión técnica para completar el sistema de Altas Frecuencias, Sub-Proyecto "D" del Plan Nacional de Telecomunicaciones de Bolivia, favor varias firmas por total $us. 705.937.36.
DECRETO SUPREMO N° 13747
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTEL, ha sido instituida con el objetivo fundamental de modernizar los sistemas de telecomunicaciones del país, de modo que le permitan prestar eficientes servicios nacionales e internacionales;
Que, para la ejecución de los proyectos comprendidos en la Primera Fase del Plan Nacional de Telecomunicaciones, el Banco Interamericano de Desarrollo, concedió al Gobierno de Bolivia, los créditos 5/UK/BO y 328/SF/B0 que fueron subrogados a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para el cumplimiento de dichos objetivos;
Que, con el financiamiento antes referido y con sujeción al régimen de licitaciones públicas aprobado por el Decreto Supremo Nº 10794 de 11 de julio de 1973, ENTEL convocó a licitación pública internacional, para la provisión de equipos, materiales, herramientas, repuestos y servicios de supervisión técnica para completar el sistema de Altas Frecuencias Sub - Proyecto “D” del Plan Nacional de Telecomunicaciones de Bolivia;
Que, como resultado del informe de la Comisión Calificadora que evaluó las propuestas presentadas por las firmas COASIN BOLIVIA S. R. L., THE LOLA TRADING Co., ROMECIN MENDEZ Ltda., RAYLEX DE BOLIVIA Ltda., ERICSSON DO BRASIL, GUNDLACH S. A. y TECHNOEQUIPO Ltda., la H. Junta de Adquisiciones de ENTEL, en su reunión de fecha 9 de abril de 1976, pronunció la resolución correspondiente de adjudicación de la provisión, su ministro y supervisión licitados, en favor de las firmas TECHNOEQUIPO Ltda., COASIN BOLIVIA S. R. L. y RAYLEX DE BOLIVIA Ltda. por los items y montos detallados en el informe de la Comisión Evaluadora;
Que, en cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 14 (Inc. d) del Decreto Ley de 20 de febrero de 1976, es necesario aprobar la referida adjudicación mediante la disposición legal pertinente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación realizada por la H. Junta de Adquisiciones de ENTEL, para la provisión de quipos materiales, herramientas, repuestos y servicios de supervisión técnica para completar el sistema de Altas Frecuencias, Sub-Proyecto “D” del Plan Nacional de Telecomunicaciones de Bolivia, en la forma siguiente:
l.- TECHNOEQUIPO LTDA.:
GRUPO “A”, tableros de conmutación y otros equipos para Centros Radiotelefónicos completos, por el total de $us. 372.663.00 (tres cientos setenta y dos mil seiscientos sesenta y tres 00/100 dólares americanos) CIF Aduana La Paz;
CRUPO “B”, equipos para Planta de Energía Eléctrica, repuestos e instrumentos de prueba por $us. 236.544.00 (doscientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y cuatro 00/100 dólares americanos) CIF Aduana La Paz;
GRUPO “C”, equipos de prueba y materiales varios Items. 5.4.1. y 5.4.7. al 5.4.10. y 5.4.13 por $us. 12.391.42 (doce mil trescientos noventa y uno 42/100 dólares americanos), FOB ex - fábrica, debiendo añadirse costos de embalaje, transporte y seguros hasta Aduana La Paz; Materiales varios de este grupo, Items. 5.4.16 al 5.4.34 y del 5.4.40 al 5.4.46 por la suma de $us. 46.275.03 (cuarenta y seis mil doscientos setenta y cinco 03/100 dólares americanos) CIF Aduana La Paz;
GRUPO “D”, repuestos para equipos de radio; Condensadores Resistencias y Diodos por la suma de $us. 2.641.73 (dos mil seiscientos cuarenta y uno 73/100 dólares americanos) CIF Aduana La Paz;
2.- RAYLEX DE BOLIVIA LTDA.:
GRUPO “D”, válvulas electrónicas por la suma de $us. 43.839.60 (cuarenta y tres mil ochocientos treinta y nueve 60/100 dólares americanos) CIF La Paz;
3.- COASIN DE BOLIVIA S. R. L.:
GRUPO “C”, Equipos de prueba (instrumentos de medición Items 5.4.3. y 5.4.4. por $us. 3.974.00 (tres mil novecientos setenta y cuatro 00/100 dólares americanos) FOB ex - fábrica, debiendo añadirse costos de embalaje, transporte y seguros hasta Aduana La Paz.
ARTÍCULO SEGUNDO.- De acuerdo con lo establecido en el Art. 31 del Estatuto Orgánico de ENTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 10793 de 6 de abril de 1973, libérase del pago de impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios, timbres y otros documentos valorados así como tasas araneclarias y derechos consulares de todo tipo, en todos los documentos y procedimientos necesarios para la importación e instalación de los equipos, materiales e implementos que sean inherentes al contrato y obras a ejecutarse. Asimismo. libérase del pago de timbres en la minuta de contrato respectivo.
ARTÍCULO TERCERO.- Autorízase a los señores Presidente del Directorio y Gerente General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTEL, correspondiente, suscribir con las firmas adjudicatarias, según el monto de la contratación, con intervención de los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, los instrumentos contractuales pertinentes con las cláusulas de seguridad, cumplimiento y garantías que son de rigor.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.