04 DE AGOSTO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Almonedas del Servicio Ncl. de Caminos en favor de varias firmas para la provisión de anticongelantes, fluidos y repuestos por total $b. 115.000.— y $us. 110.853.87.
DECRETO SUPREMO N° 13825
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Servicio Nacional de Caminos ha convocado a propuestas, para la provisión de anticongelantes, fluídos y repuestos, mediante Convocatorias Nos. 5/76 y 6/76;
Que, una vez que se procedió a la apertura de propuestas conforme a los requisitos legales (Acta Nº 189/76 de fecha 4/5/76) y conocido el informe de la Comisión Calificadora. La H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha 5 de julio de 1976 (Acta Nº 192/76) adjudicó las propuestas en favor de varias firmas comerciales;
Que, es necesario aprobar la adjudicación de la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, mediante Decreto Supremo, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 12262 de 24 de febrero de 1975;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de fecha 5 de julio de 1976, en favor de las Firmas Comerciales que se detallan a continuación por los montos que se señalan y las condiciones adjudicadas:
FIRMA “COBANA” S.A.
Anticongelantes y fluídos por un valor total de $us. 31.651.89.- (Treinta y un mil seiscientos cincuenta y uno 89/100 dólares americanos).
FIRMA MARIN HNOS. LTDA.
Carburo de Calcio, por un valor total de $b. 115.000.- (Ciento quince mil 00/100 pesos bolivianos).
FIRMA “SECOBOL” LTDA.
Repuestos Commins, por un valor total de $us. 79.201,98.-
(Setenta y nueve mil doscientos uno - 98/100 dólares americanos).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a los señores, Director del Servicio Nacional de Caminos, Contralor de la República y Fiscal de Gobierno, para que en representación del Estado, suscriban los respectivos contratos, con los personeros de las firmas adjudicatarias, y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.
Los señores Ministros de Finanzas, y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechin Suárez, Guillermo Jiménez Gallo, Alfonso Villalpando Armaza, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.