10 DE AGOSTO DE 1976 .- Autorizase al Banco Central conceder al Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, un crédito de $us. 8.000.000.—
DECRETO SUPREMO Nº 13834
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la realización de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos a efectuarse en esta capital en el mes de octubre de 1977 el Supremo Gobierno ha creado el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, que tiene a su cargo la preparación de la infraestructura deportiva necesaria, la misma que debe estar terminada para la fecha de su realización;
Que, para esta finalidad el Supremo Gobierno mediante D.S. Nº 11129 de 19 de octubre de 1973 ha dotado de ingresos provenientes de la unificación del impuesto a la cerveza como una medida destinada a fomentar las actividades deportivas y responder al compromiso internacional deportivo;
Que, de acuerdo al Convenio celebrado entre el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos y CORDEPAZ suscrito en 25 de noviembre de 1975 y homologado por D.S. Nº 13323 de fecha 21 de enero del año en curso, CORDEPAZ suscribió el compromiso para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Comité Organizador para la ejecución de obras deportivas en el Departamento de La Paz.
Que, el Supremo Gobierno aprobó la concesión de un crédito global hasta el monto de $us. 10.000.000.- con cargo a las líneas de crédito externo contraídos por INDEF y a su vez el Banco Central de Bolivia otorgó en favor del Comité de los VIII Juegos Bolivarianos un crédito por la suma de $us. 2.000.000.- de conformidad al D.S. Nº 13639 de 9 de junio del presente año.-
Que, es necesario cubrir el saldo de crédito a otorgarse por el monto de $us. 8.000.000.- con cargo a líneas de crédito externo controlados por INDEF, para la prosecución de las obras de infraestructura comprendidas dentro del programa de de ejecución de los Juegos Bolivarianos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia conceder al Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos un crédito de OCHO MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 8.000.000.-) provenientes de recursos externos gestionados por INDEF para su canalización en favor de la infraestructura Deportiva del Departamento de La Paz.
ARTÍCULO 2.- El Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, para solicitar los desembolsos deberá presentar un plan de inversiones y un cronograma de pagos a la entidad crediticia.
ARTÍCULO 3. Los términos y condiciones del contrato de préstamo serán acordados entre el Banco Central de Bolivia, por una parte y por la otra el Comité de los Juegos Bolivarianos y la Corporación de Desarrollo de La Paz “CORDEPAZ”.
ARTÍCULO 4.- Una vez que se concluyan las funciones del Comité Organizador de los VIII Juegos Bolivarianos, la Corporación de Desarrollo del Departamento de La Paz (CORDEPAZ), se hará cargo de los saldos deudores a esa fecha, siguiendo la atención de la deuda con los ingresos que produce el impuesto a la cerveza, para lo cual, de las liquidaciones respectivas, el Tesoro General de la Nación acreditará directamente al Banco Central de Bolivia.
ARTÍCULO 5.- El Departamento de Coordinación y Control de Proyectos (DCCP), controlará y fiscalizará en su aspecto técnico y económico, todo nuevo proyecto que emprenda el Comité Organizador de los VIII Juegos Bolivarianos destinados a la implementación de la infraestructura deportiva del país:
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.