13 DE AGOSTO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta Municipal de licitaciones de La Paz, favor Emp. Constructora "Cermac" pus le pavimentación de las calles Esteban Arce y Rafael Ballivián de la zona Villa San Antonio de La Paz, por total $b. — 2.244.232.62.
DECRETO SUPREMO Nº 13851
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la H. Alcaldía Municipal de La Paz, de conformidad a las previsiones contenidas en el Decreto Ley Nº 10120 de 2 de febrero de 1972, ha convocado a propuestas para las obras de pavimentación de las calles Esteban Arce y Rafael Ballivián de la zona de Villa San Antonio de esta ciudad.
Que, habiéndose presentado a la convocatoria las Empresas Constructoras: "Carlos Pérez Ríos", "Cermac", "Mariaca", "Blanca P. de Navarro" y "Esec", la Junta Municipal de Licitaciones mediante Resolución Nº 0514/76 de 16 de marzo de 1976, adjudicó a la Empresa Constructora "Cermac" la ejecución de las obras de pavimentación señaladas, por ser la más conveniente a los intereses de la Comuna.
Que, de conformidad a la Ley de Licitaciones y en razón del costo de la presente adjudicación, se precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Municipalidad de Licitaciones de La Paz, en favor de la Empresa Constructora "Cermac" para la ejecución de los trabajos de pavimentación de las calles Esteban Arce y Rafael Ballivián de la zona de Villa San Antonio de esta ciudad, por el precio global de Dos Millones Doscientos Cuarenta y Cuatro Mil, Doscientos Treinta y Dos 62/100 Pesos Bolivianos ($b. 2.244.232,62) debiendo la H. Alcaldía Municipal de La Paz, suscribir el contrato respectivo con la empresa adjudicataria consignado las especificaciones técnicas cláusulas de seguridad y garantía, con la intervención del Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno por ante la Notaría de Hacienda, con las formalidades de ley.
El señor Ministro del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.