13 DE AGOSTO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Licitaciones del Servicio Ncl. de Caminos, favor Emp. Constructora Bartos y Cia. S.A., para la construcción de la carretera Quillacollo—Confital por $us. 28.273.650.— y $b. 533.810.850.—
DECRETO SUPREMO Nº 13856
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Caminos, dentro los términos del Convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo, (B.I.D.) Nº 399 - SF/BO, invitó a Empresas Constructoras para la ejecución del Proyecto de la carretera pavimentada Quillacollo-Confital entre los departamntos de Cochabamba y Oruro;
Que, cumplidas las formalidades establecidas por Ley, una vez publicada la invitación a presentar propuestas, se llevó a cabo la reunión de la H. Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos en fecha 2 de octubre de 1975, en la que se procedió a la apertura de las mismas:
Que, en fecha 1° de diciembre de 1975, la H. Junta de Licitaciones aprobó el informe de la Comisión Técnica de Precalificación, de las Empresas Constructoras concursantes; resultando precalificadas las Empresas Bartos y Co. S.A., Andrade Gutiérrez S.A. y Méndez Júnior S.A.;
Que, las mencionadas firmas precalificadas fueron invitadas a presentar sus propuestas económicas;
Que, en fecha 13 de julio de 1976, la H. Junta de Licitaciones procedió a la apertura de dichas propuestas;
Que, la H. Junta de Licitaciones en su reunión de fecha 3 de agosto de 1976, aprobó el informe de la comisión técnica adjudicando la propuesta en favor de la Empresa Constructora Bartos y Co. S.A.;
Que, corresponde aprobar la adjudicación de la H. Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos, mediante Decreto Supremo de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 12262 de fecha 24 de febrero de 1975;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos, en favor de la Empresa Constructora Bartos y Cía. S.A., para la construcción de la carretera pavimentada Quillacollo Confital por $us. 28.273.650.- (VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS), y $b. 533.810.850.-(QUINIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a los señores Ministros de Finanzas, transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Director del Servicio Nacional de Caminos, con intervención del señor Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, en representación del Estado, suscribir el respectivo Contrato con los personeros de la Empresa adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.
ARTÍCULO TERCERO.- Libérase de todos los impuestos nacionales departamentales, municipales, provinciales, universitarios, tasas, consulares, derechos aduaneros, servicios prestados y otros creados ó por crearse a la importación de maquinarias, materiales, vehículos, equipos e instrumentos a importarse destinados a la ejecución de los trabajos de la carretera asfaltada Quillacollo-Confital.
Los señores Ministros de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.