31 DE AGOSTO DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Selección del Comité de OO. PP. y Desarrollo de Tarija, favor Empresas Asociadas ISHIKAWAJIMA del Japón y Brasil e INGENIERÍA POLITÉCNICA AMERICANA (IPA) de Bolivia para la realización del Estudio de Faciibilidad Técnico-Económico para la instalación de una Fábrica de Cemento en Tarija por $us. 700.000 equivalente de $b. 14.266.000.—
DECRETO SUPREMO Nº 13921
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Comité de Obras Públicas y Desarrollo de Tarija mediante Convocatoria Pública Nº 1/76 de fecha 12 de enero de 1976 invitó a Firmas Consultoras interesadas en intervenir en la pre-calificación para la preparación de estudios técnicos v financieros destinados a la instalación y puesta en marcha de una Fábrica de Cemento en el Departamento de Tarija;
Que, cumplidos los plazos de la invitación, CODETAR en fecha 30 de abril de 1976 hizo llegar a las firmas pre-calificadas los Términos de Referencia pertinentes para la presentación de las propuestas con arreglo a las normas vigentes sobre la materia;
Que, la Junta de Selección del Comité de Obras Públicas en su sesión de fecha 28 de junio pasado, en atención a que el proceso de selección, calificación, negociaciones y adjudicación se basó en las disposiciones contenidas en la Ley N° 10418 de fecha 18 de agosto de 1972, determinó adjudicar la preparación del Estudio de Factibilidad Técnico Económico destinado a la instalación de una Fábrica de Cemento en el Departamento de Tarija a las Empresas Asociadas ISHIKAWAJIMA del Japón y Brasil e INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA de Bolivia;
Que, los informes técnicos, dictámenes, acta de negociación y demás antecedentes de la documentación remitida por CODETAR a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada en favor de las firmas asociadas ISHIKAWAJIMA e INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA, es la más conveniente, por las mayores ventajas que ofrece;
Que, es necesario concordar y compatibilizar las actividades de los entes regionales de desarrollo y sus planes con el Sistema Nacional de Planeamiento y el Sistema Nacional de Proyectos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Selección del Comité de Obras Públicas y Desarrollo de Tarija en fecha 28 de junio de 1976 en favor de las Empresas Asociadas ISHIKAWAJIMA del Japón y Brasil e INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA (IPA) de Bolivia para la realización del Estudio de Factibilidad Técnico-Económico destinado a la instalación de una Fábrica de Cemento en el Departamento de Tarija, por la suma de SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us.- 700.000.-) equivalente a CATORCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL 00/ 100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 14.266.000.-).
ARTÍCULO 2.- Autorízase la suscripción del respectivo contrato con intervención del Fiscal de Distrito y Contralor Departamental de Tarija, debiendo exigirse el cumpllmiento de las garantías concertadas, relativas a la correcta inversión del anticipo, y otras cláusulas de seguridad, requisitos indispensables para que el contrato sea refrendado por el Sr. Ministro de Urbanismo y Vivienda.
ARTICULO 3.- Las Empresas Asociadas ISHIKAWAJIMA del Japón y Brasil e INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA de Bolivia deberán cumplir y realizar el Estudio de Factibilidad, materia del contrato en estricta sujeción a los términos de referencia señalados por CODETAR y los plazos estipulados.
ARTICULO 4.- Una vez concluído el Estudio de Factibilidad, éste será presentado al Comité Nacional de Proyectos para la posterior consideración del Consejo Nacional de Economía y Planeamiento y determinar el curso de acción siguiente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.