03 DE SEPTIEMBRE DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Copacabana, favor Empresa Constructora Clavijo ECOCLA, para la construcción de alcantarillado de Copacabana, por $b. 2.771.385.—.
DECRETO SUPREMO Nº 13933
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la H. Alcaldía Municipal de Copacabana, convocó a licitación pública para la construcción del sistema de Alcantarillado Sanitario de la capital de Copacabana, provincia Manco Kapac, del Departamento de La Paz, en base al crédito otorgado por el Servicio Nacional de Desarrollo Urbano (SENDU), y conforme a publicaciones en los principales órganos de prensa en cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Ley N° 10120, de 2 de febrero de 1976, concurriendo dentro del plazo señalado, las empresas constructoras Tarifa, Mansilla y Clavijo;
Que, la Junta de Licitaciones de la Alcaldía Municipal de Copacabana, en virtud de las formalidades establecidas y previa calificación de las propuestas presentadas en fecha 30 de julio de 1976, adjudicó la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario de Copacabana, en favor de la Empresa Constructora Clavijo “Ecocla”;
Que, es propósito del Gobierno Nacional, contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de las poblaciones urbanas con obras, mediante la acción de las comunas locales y por la efectiva asistencia económica de entidades descentralizadas especializadas;
Que, en virtud del inciso d) del Art. 14 del Decreto Ley N° 13384, de 20 de febrero de 1976, corresponde aprobar la adjudicación de acuerdo al monto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Copacabana, en fecha 30 de julio de 1976, en favor de la Empresa Constructora Clavijo “Ecocla”, para la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario de Copacabana, por el valor total de Dos millones setecientos setenta y un mil trescientos ochenta y cinco Pesos Bolivanos ($b. 2.771.385.-), fondos financiados con el crédito otorgado por el Servicio Nacional de Desarrollo Urbano (SENDU), a cuyo efecto se autoriza intervenir en la suscripción del contrato respectivo al Fiscal de Gobierno, a un representante de la Contraloría General de la República, a un personero de la Empresa Constructora Clavijo y Alcalde Municipal de Copacabana, y debiendo ser refrendado por el señor Ministro de Urbanismo y Vivienda, que queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guilermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.