10 DE SEPTIEMBRE DE 1976 .- Autorízase a la Dirección Gral de Límites, dependiente de Min. Relaciones para que efectúe adquisiciones en forma directa, obviando los trámites de llamar a propuestas, Juntas de Almonedas y demás requisitos para la compra de vehículos, instrumental técnico, equipo de campamento y otros gastos que demandan los trabajos de la Comisión de Límites con Chile.
DECRETO SUPREMO Nº 13954
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, deben reiniciarse los trabajos demarcatorios con la República de Chile, en el marco de los correspondientes Acuerdos de Límites, establecidos con dicho país.
Que, en la 25ª. Reunión Plenaria de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites Boliviano-Chilena, realizado en la ciudad de La Paz, en el mes de mayo del presente año, se acordó reiniciar los trabajos en la frontera de ambos países, aprobándose el programa de trabajo y fijando como fecha de iniciación la primero quincena de septiembre de este año.
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto solicitó un Presupuesto Adicional, el mismo que fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 13883, para la adquisición de vehículos, instrumental técnico, equipo de campamento y otros gastos que demanden los trabajos de la Comisión de Límites;
Que, faltando pocos días para que los miembros de la Comisión Boliviana de Límites, se trasladen a la frontera para reiniciar sus trabajos específicos y, no disponiendo de vehículos, equipos de campamento, instrumental técnico y los medios necesarios e imprescindibles;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Dirección General de Límites, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para que efectúe adquisiciones en forma directa, obviando los trámites de llamar a propuestas, Junta de Almonedas y demás requisitos que se realizan para la compra de bienes del Estado.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.