20 DE SEPTIEMBRE DE 1976 .- Autorízase a CORDEPAZ, la adquisición de tres tractores marca FANATRAM de fabricación nacional por total Sb. 873.292.80.
DECRETO SUPREMO Nº 13973
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, en ejecución del Plan Quinquenal y de la Resolución de Directorio de 9 de abril de 1976 para el desarrollo agrícola en las Granjas Pilotos de Producción de “Kallutaka”, “Huacullani” de su propiedad y para la siembra y cosecha de caña de azúcar en San Buenaventura debe adquirir tres tractores agrícolas;
Que, por Decreto Supremo Nº 10879 de 22 de mayo de 1973, se concedió a la firma “Fiat Concord SAIC”, la exclusividad del mercado nacional en la producción y comercialización directa o indirecta de tractores agrícolas a rueda comprendidos entre las potencias 4 – 112 HP;
Que, el artículo 4º de la mencionada disposición legal, prohíbe por el plazo de 6 años la importación de productos similares armados y/o desarmados a cualquier persona o instituciones públicas y privadas;
Que, en consecuencia, procede la autorización solicitada para la adquisición directa de tres unidades de tractores de fabricación nacional marca “FANATRAM”;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, la adquisición directa de tres tractores agrícolas marca “FANATRAM” de fabricación nacional de las siguientes características; 1 unidad, Tractor Mod. 700 – E, motor diesel 72 HP de 4 tiempos, 12 v. rodado 7,50 x 18 y 15,5 x 38 tipo Standard. Precio por unidad $b. 312.600.-; 2 unidades, tractores Mod. 700, motor diesel de 110 HP, 4 tiempos, 12 v., rodado 7,50 x 18 y 23,1 x 18 – 30, tipo Standard, precio unitario $b. 436.646.40. Total $b. 873.292.80.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En la suscripción del contrato correspondiente deberá intervenir el Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.
Los señores Ministros en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.