08 DE OCTUBRE DE 1976 .- Créase la "Comisión para el Registro de Empresas Auditoras", dependiente de la Dirección Gral. de la Renta.
DECRETO SUPREMO Nº 14002
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Decreto Ley Nº- 13525 de 29 de abril del presente año se dispuso que a partir de la presente gestión económica todas las empresas comerciales, industriales y otras deberán presentar a la Dirección General de la Renta Interna el dictamen de auditoria externa emitido por firmas auditoras independientes;
Que, al objeto anteriormente indicado se dispuso la creación de una comisión para el “REGISTRO DE EMPRESAS DE AUDITORIA” que norma el funcionamiento de estas empresas en el área especificada;
Que, es necesario constituir la nombrada comisión para su vigencia oficial en la actividad encomendada;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Créase la “COMISION PARA EL REGISTRO DE EPRESAS AUDITORAS”, dependiente de la Dirección General de la Renta y que estará compuesta de la siguiente forma:
Un Presidente nombrado por el Ministro de Finanzas;
Un representante del Ministerio de Industria y Comercio.
Un representante de la Dirección General de la Renta Interna.
Un representante del Colegio de Economistas de Bolivia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión tendrá carácter nacional y funcionará en la ciudad de La Paz, teniendo la finalidad de admitir o rechazar el Registro de Empresas de Auditoría independientes.
ARTÍCULO TERCERO.- Los representantes de la Dirección General de la Renta y Colegio de Economistas serán necesariamente auditores financieros con más de cinco años de ejercicio profesional.
ARTÍCULO CUARTO.- El Presidente y los miembros de la Comisión no podrán ser simultáneamente socios, empleados ni tener vínculo alguno con las empresas de Auditoría.
ARTÍCULO QUINTO.- Las funciones y atribuciones de la COMISION PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS DE AUDITORIA, se regirán por un Reglamento especial que será aprobado mediante Resolución Suprema.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO.GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.