18 DE OCTUBRE DE 1976 .- Autorízase a Min. Previsión Social la adquisición directa de vestuario para viudas, inválidos y mutilados de la Guerra del Chaco, Acre y Manuripi por total $b. 3.088.097.50.
DECRETO SUPREMO Nº 14030
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública tiene la ineludible obligación de proporcionar vestuario a viudas, inválidos y mutilados de la Guerra del Chaco, Acre y Manuripi, de conformidad a la disposición del Art. 9º de la Ley de 25 de enero de 1957, sancionada por el H. Congreso Nacional.
Que, a este fin, el Ministerio de Finanzas a través de sus dependencias especializadas, ha cursado invitaciones a diferentes firmas comerciales legalmente registradas en el país, para que hagan llegar sus propuestas de venta de los artículos necesarios a la satisfacción de vestuario del indicado sector social, habiéndose procedido a la selección de ofertas en consulta de los altos intereses del país y tomando en cuenta los aspectos de precio, calidad y tiempo de entrega de la mercadería.
Que, ante la proximidad del aniversario de fundación de la Federación de Mutilados e Inválidos de la Guerra, corresponde al Supremo Gobierno adherirse a dicho acontecimiento mediante el otorgamiento de este beneficio en favor de quienes ofrendaron su sacrificio en holocausto de la patria, para lo que se hace necesario dictar la norma legal pertinente, exceptuando los requisitos de licitación y adjudicación por Junta de Almonedas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública para que con cargo a su Presupuesto vigente y exceptuando los requisitos de licitación y adjudicación por Junta de Almonedas, proceda a la adquisición por compra directa del vestuario destinado a las Viudas, Inválidos y Mutilados de la Guerra del Chaco, Acre y Manuripi, por el monto global de TRES MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y SIETE 50/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.088.097.50), para su pago de acuerdo a la siguiente imputación de partidas, montos y relación de casas comerciales:
PARTIDAARTICULOPROVEEDORPRECIO
711.4 2.325 Camisas “El Louvre” $b. 280.743.75
711.4 2.325 Cortes de casimir “Forno” ” 1.135.878.75
711.4 2.350 Calzados (mujer) “Flex” ” 251.450.-
711 2.325 Juegos (ropa interior) “El Louvre” ” 146.475.-
711 2.350 Cortes abrigo (mujer) “Forno” ” 931.775.-
711 2.325 Calzados (hombre) “Flex” ” 341.775.-
T O T A L: $b. 3.088.097.50
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los diez y ocho días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO.GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.