19 DE OCTUBRE DE 1976 .- A partir de octubre, Min. Finanzas cubrirá el pago de haberes hasta la finalización de la pte. gestión, al personal encargado del control en las reparticiones descentralizadas.
DECRETO SUPREMO Nº 14044
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por Decreto Supremo Nos.-06584 de 26 de septiembre de 1963 y-07543 de 9 de marzo de 1966, se determinó la asignación de fondos en los presupuestos de las reparticiones públicas descentralizadas sujetas a fiscalización para atender el pago de servicios y gastos al personal de la Contraloría General de la República encargado de dichas funciones.
Que, por Decreto Supremo Nº 13737 de 9 de julio de 1976 se ha establecido que el control previo en la ejecución del Presupuesto Nacional en todo el Sector Público es función propia y exclusiva del Ministerio de Finanzas, disponiéndose que dichas funciones y el personal encargado de su cumplimiento, dependientes hasta ese entonces de la Contraloría General de la República, pasen al Ministerio de Finanzas, correspondiendo en consecuencia señalar el procedimiento adecuado con relación a los saldos de las asignaciones por el tiempo restante a la finalización de la gestión vigente.
ENCONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- A partir del mes de octubre del año en curso, el Ministerio de Finanzas, cubrirá con cargo a su presupuesto las sumas necesarias para el pago de haberes hasta la finalización de la presente gestión, al personal encargado del control previo en las reparticiones descentralizadas cuyos haberes se atendían con asignaciones establecidas en los Decretos Supremos Nos. 06584 de 26 de septiembre de 1963 y 07543 de 9 de marzo de 1966, debiendo consignarse en el futuro las partidas correspondientes en el futuro las partidas correspondientes en el Presupuesto Fiscal.
ARTÍCULO 2.- Se derogan los Decretos Supremos Nos. 06584 de 26 de septiembre de 1963 y 07543 de 9 de marzo de 1966 y todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.