02 DE NOVIEMBRE DE 1976 .- Apruébase al Presupuesto Adicional de CENACO por $b.— 700.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14082
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Centro Nacional de Computación (CENACO), requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos propios, con la finalidad de cumplir obligaciones correspondientes al último trimestre de la presente gestión fiscal y viabilizar la contratación de personal no permanente, además de reforzar algunas partidas de su Presupuesto de gastos, como consecuencia de la etapa de la capacitación que viene experimentando el Servicio.
Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en función de las atribuciones que le otorga el Artículo 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero del presente año, se pronuncia por la viabilidad del merituado Presupuesto Adicional por haberse verificado excedentes en las recaudaciones de CENACO en el transcurso de la gestión fiscal vigente.
Que, por las razones señladas corresponde al Poder Ejecutivo autoriza la aprobación del referido Presupuesto Adicional con el detalle de ingresos y egresos preparados por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Centro Nacional de Computación (CENACO) con cargo recursos propios, por la suma de SETECIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 700.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Presupuesto
Código F u e n t e Adicional
1 9 7 6
I NACIONALES 700.000.-
2.- RECURSOS PROPIOS 700.000.-
Prestación de Servicios a los siguientes
Organismos:
Caja Nacional de Seguridad Social 160.000.-
Servicio Municipal de Aguas Potables
y Alcantarillado La Paz 9.000.-
Servicio Geológico de Bolivia 2.900.-
Caja Ferroviaria de Seguridad Social 19.700.-
Empresa Nacional de Telecomunicaciones 228.200.-
Coordinadores Rentistas Mineros 1.600.-
Secretaría de Integración de Min. RR.EE. 1.700.-
Fondo Complementario Jubilación Médica 2.000.-
Min. de Previsión Social y Salud Pública 18.000.-
Min. de Urbanismo y Vivienda 6.800.-
Servicio Nacional de Caminos 3.100.-
Banco de Cochabamba 3.200.-
Fondo Complementario Minero 33.800.-
Empresa Nacional de Ferrocarriles 110.000.-
Otros ingresos Cochabamba 100.000.-
T o t a l : 700.000.-
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Presupuesto
Código D e s c r i p c i ó n Adicional
1 9 7 6
100 SERVICIOS PERSONALES 437.000.-
120.2 EMPLEADOS NO PERMANENTES 437.000.-
200 SERVICIOS NO PERSONALES 70.000.-
290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 70.000.-
291.2 Asignaciones Globales 70.000.-
300 MATERIALES Y SUMINISTROS 193.000.-
310 SUMINISTROS DE OFICINA Y
PUBLICACIONES 63.000.-
311.2 Papelería 22.000.-
312.2 Publicaciones 31.000.-
313.2 Suministros Varios de Oficina 10.000.-
320 SUMINISTROS GENERALES 130.000.-
322.2 Vestuario 80.000.-
328.2 Otros Suministros Generales 50.000.-
T o t a l : 700.000.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torre Navarro, Santiago Maesse Roca.