10 DE NOVIEMBRE DE 1976 .- Apruébase la minuta de compraventa de un complejo industrial {Ingenio arrocero y Aserradero) instalados en el Fundo Junta Primera, cantón Buena Vista, Provincia Ichilo, Depto. Sta. Cruz, celebrada entre Min. Defensa y Hermánelo Gutiérrez Vaca Diez.
DECRETO SUPREMO Nº 14110
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Ministerio de Defensa Nacional es propietario del Ingenio Arrocero “Gral. René Barrientos Ortuño” ubicado en la localidad de Buena Vista del Departamento de Santa Cruz;
Que, el indicado Ingenio ha generado recursos económicos, manteniendo un ritmo sostenido de trabajo, los mismos que deben ser reinvertidos en la adquisición de bienes que a su vez creen nuevos recursos;
Que, los requerimientos del pilado de arroz en Santa Cruz, hacen posible el funcionamiento de más de un Ingenio a cargo del Ministerio de Defensa Nacional;
Que, la Dirección General de Logística del Ministerio de Defensa autorizada mediante Resolución Ministerial Nº 2940/76 de 12 de octubre de 1976, ha estudiado las posibilidades de inversión de utilidades y ha visto por conveniente adquirir un complejo industrial consistente en un ingenio arrocero y un aserradero instalados en el fundo denominado “Junta Primera” de propiedad del señor Hormando Gutiérrez Vaca Diez;
Que, el Ministro de Defensa Nacional ha suscrito una minuta de compra-venta del referido fundo y del complejo industrial la misma que debe ser aprobada;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTICULO 1.- Apruébase el texto de la minuta de compra-venta de un complejo indutrial, consistente en un ingenio arrocero y un aserradero instalados en el fundo “Junta Primera” de 101.4500 Has. ubicado en el Cantón Buena Vista, Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz, celebrado entre el Ministerio de Defensa Nacional y Hormando Gutiérrez Vaca Diez, autorizándose en consecuencia su protocolización.
ARTICULO 2.- Asimismo se autoriza al Ministerio de Defensa cancelar la suma de Seis Millones Ciento Veinte Mil Pesos Bolivianos ($b. 6.120.000.-) precio de la adquisición que será cubierta con fondos propios de la Dirección General de Logística.
ARTICULO 3.- La adquisición que se aprueba mediante el presente Decreto queda liberada del pago de impuestos de transferencia.
Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.