Volver a documentos
Decreto SupremoN° 14132 Vigente

Decreto Supremo N° 14132

Presidencia del Estado Plurinacional
19 de noviembre de 1976

19 DE NOVIEMBRE DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta Especial da Almonedas del Comité de OO.PP. de Sta. Cruz, favor Grace & Cía. para la provisión de siete grupos electrógenos por $b.— 2.625.045.90.

Artículos
2
Secciones
0
Versiones
1
Antigüedad
49 años

DECRETO SUPREMO N° 14132

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que, al primer llamado de la Convocatoria del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, para la provisión de siete grupos electrógenos se presentaron las siguientes firmas: TOYOTA LTDA., HANSA LTDA., CONSERTEC, MAC DONALD, CASA BERNARDO, MENDOZA Y CÍA., GRACE Y CIA., EXIN, EPAYO, GUNDLANCH, SECOBOL, TECNOEQUIPO, COBANA Y CIBO.

Que, cumplidas las formalidades legales, la Junta Especial de Almonedas del mencionado Comité en su reunión del día 2 de junio de 1976, aprobó la adjudicación a la firma GRACE Y CIA, la provisión de siete grupos electrógenos.

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada en favor de la firma GRACE Y CÍA, es la más conveniente por las mayores ventajas y seguridades que ofrece.

Que, tratándose de la adquisición de grupos electrógenos destinados a sistemas de

electrificación de las provincias del departamento de Santa Cruz, corresponde al Supremo Gobierno facilitar su internación liberándose del pago de derechos aduaneros.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

Artículo 1

Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en fecha 2 de junio de 1976, en favor de GRACE Y CÍA., para la provisión de siete grupos electrógenos por un valor de $b. 2.625.045,90.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUARENTA Y CINCO CON 90/100 PESOS BOLIVIANOS) y sea con la intervención del Fiscal del Distrito, Contralor Departamental y personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en la suscripción del contrato.

Artículo 2

Libérase del pago de impuestos y derechos aduaneros la importación de los siete grupos electrógenos a que se refiere el artículo 1° en virtud de los incisos e) y k) del artículo 3° del Decreto Supremo N° 08986 de 25 de octubre de 1969.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

Asistente IAResponde al instante
pixi legal · con fuentes oficiales citadas

¿Tienes dudas sobre esta norma?

Pregúntale al asistente y obtén una explicación clara de la norma al instante, con citas del texto oficial y la jurisprudencia relacionada.

O empieza con una pregunta frecuente

Cita el texto oficial Jurisprudencia relacionada Gratis y sin registro
Chatbot privado de pixi legal
Versión 1 de 1Vigente desde 19 de noviembre de 1976