30 DE NOVIEMBRE DE 1976 .- A partir del l°—1—77 la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba estará compuesta por nueve vocales divididos en dos salas Civiles y, una Penal.
DECRETO SUPREMO N° 14159
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, paralelamente al notable aumento de la población de Cochabamba y al incremento de la actividad económica de ese Departamento, ha crecido su movimiento judicial en tal magnitud, que es necesario aumentar el número de Vocalías de la Corte Superior de ese Distrito, a fin de lograr una administración de justicia más dinámica y que respondia las exigencias de la nueva codificación vigente.
Que, tal aumento de Vocalías para la mencionada Corte ha sido solicitado por la Excelentísima Corte Suprema de la Nación, después de haber verificado esa necesidad;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir del primero de enero de 1977 la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba estará compuesta de nueve vocales, incluyendo al Presidente y se dividirá en dos Salas Civiles y una Penal, cada una integrada por tres miembros, quedando así modificados los Arts. 90 y 91 de la Ley de Organización Judicial, en sus párrafos pertinentes.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Válda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.