Volver a documentos
Decreto Supremo14179 Vigente

Decreto Supremo N° 14179

Presidencia
Vigente desde 6 de diciembre de 1976

01 DE DICIEMBRE DE 1976 .- Establécese que el mínimo imponible de $b. 40.— fijado en el Art. 29 de la Resolución Ministerial 929/76 de 3—II—76, se refiere a derechos de aterrizaje, protección de vuelo y servicio en ruta de tráfico doméstico, para operaciones de taxi aéreo y privado en aeronaves que no excedan de 10000 libras y deberá ser cobrado por AASANA.

Artículos
0
Secciones
0
Versiones
1
Antigüedad

Este documento no tiene contenido disponible.

Versión 1 de 1Vigente desde 6 de diciembre de 1976