10 DE DICIEMBRE DE 1976 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de CONAVI MAGISTERIO, favor Emp. Constructructora COMAR LTDA. para construcción de 20 viviendas en Oruro. por $b. 1.594.574.60.
DECRETO SUPREMO Nº 14196
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio, con la facultad que le confiere el Decreto Supremo Nº 10734 de 16 de febrero de 1973, convocó a propuestas para la construcción de 20 viviendas en la ciudad de Oruro para adjudicar a los maestros de ese Distrito.
Que, la Junta dé Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio en fecha 4 de noviembre de 1976, adjudicó la construcción de veinte viviendas de unidad habitacional en la ciudad de Oruro a la Empresa Constructora “COMAR LTDA.” por el precio de UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO 60/100 PESOS BOLIVIANOS, ($b 1.594.574.60).
Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, Dictámenes y demás antecedentes, puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda evidencian que la Adjudicación efectuada es la más conveniente por las mayores ventajas y seguridades que ofrece.
Que, en virtud del inciso e) artículo 14 del Decreto Ley Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, corresponde aprobar la adjudicación, de acuerdo al monto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio, en fecha 4 de noviembre de 1976, en favor de la Empresa Constructora “COMAR LTDA.” para la construcción de 20 viviendas de unidad habitacional, de interés Social, en la ciudad de Oruro, destinadas a los Maestros de ese Distrito, por el precio de ($b. 1.594.574.60), UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO 60/100 PESOS BOLIVIANOS, con intervención del Coneralor General de la República, el Fiscal de Gobierno, los Personeros Legales del Consejo y la Empresa para la suscripción del Contrato.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.