15 DE DICIEMBRE DE 1976 .- Autorízase a CORDEPAZ la adquisición directa de tres movilidades de Toyota Boliviana Ltda. por total Sb. 406.980.— y dos compresoras de Atlas Copco A.E. por total $b. 610.470.—.
DECRETO SUPREMO Nº 14202
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Convenio de 3 de mayo de 1976, suscrito por Alimentos para el Desarrollo (ALDE) institución dependiente de la Presidencia de la República y la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, (CORDEPAZ) se determinó la construcción de caminos vecinales que permitan la vinculación adecuada de los centros de producción agrícola con los de consumo;
Que, ALDE creada para supervisar los proyectos que se ejecutan, en el país con la ayuda alimentaria proveniente del PMD, realizó gestiones ante los Ministerios de Transportes y de Finanzas y el Consejo Nacional de Economía y Planificación, para que las Corporaciones de Desarrollo y/o Comités de Obras Públicas Departamentales, administren y ejecuten la construcción de caminos vecinales dentro del marco de su jurisdicción;
Que, es propósito del Supremo Gobierno, en ejecución de la política de desarrollo socio-económico impreso dentro del Plan Quinquenal, prestar su más amplia cooperación en la ejecución de “Caminos Vecinales”;
Que, en cumplimiento del inciso d) del Artículo 14º del Decreto Ley Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, para la adjudicación de los vehículos y compresoras que se precisan y de la prohibición de importación de vehículos livianos, se ocasionaría el retraso en la ejecución del proyecto de Caminos Vecinales, entorpeciéndose a la vez la asistencia alimentaria proveniente del Proyecto PMA Bol-2121 es preciso adoptar medidas de excepción;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Con carácter excepcional, autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, la adquisición directa de:
1 unidad de jeep, carrocería metálica, tracción en las cuatro ruedas, modelo FJ 40 LV-KC, 4x4, de la firma Toyota Boliviana Limitada, por la suma de $b. 135.660.-
2 unidades de camionetas marca Toyota, modelo Pick up FJ 45LPX 4x4 de la firma Toyota Boliviana Ltda. por la suma de $b. 271.320.-
2 unidades compresoras ST 35 mod. (125 p3), de la firma Atlas Copco A.E. por la suma de $b. 610.470.-
Con relación al Artículo 4º de la Resolución Nº 861/76 de 9 de agosto de 1976 del Ministerio de Finanzas y CIF Aduana de La Paz, los vehículos.
ARTÍCULO 2.- Las adquisiciones que se efectúen al amparo del presente Decreto quedan liberadas de todos los gravámenes, impuestos nacionales, departamentales, municipales, universitarios y derechos arancelarios, excepto las tasas por servicios prestados fiscal y de AADAA, 1% Pro Desarrollo Noroeste creado por Decreto Supremo Nº 8004, 5% de timbres sobre el monto liberado conforme al Decreto Supremo Nº 8200.
ARTÍCULO 3.- Los contratos de compra - venta deberán ser suscritos por el Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno, debiendo la maquinaria referida ser registrada en el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República, como propiedad de la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.