17 DE ENERO DE 1977 .- Autorízase a la Embajada de Bolivia ien EE.UU. a contratar con el National Bank oi Washington un crédito de $us. 270.000.— para la rehabilitación de la residencia y adquisición de muebles y enseres y otro de Sus. 480.000.— para la construcción de oficinas.
DECRETO SUPREMO Nº 14294
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 12944 de 11 de octubre de 1975 se autorizó a la Embajda de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, efectuar los trámites para la refacción del edificio de su residencia, propiedad del Estado Boliviano, ubicado en la Masachusetts Avenue Nº 3012 de la ciudad de Washington, así como la construcción de oficinas en el solar del citado inmueble;
Que, el mismo Decreto Supremo le faculta, en caso de que los 233.000 $us. que con dicho fin se asignaron por Decreto Supremo Nº 12055 de 9 de diciembre de 1974 no le fueran suficientes, gestionar un crédito para completar su financiamiento.
Que, en cumplimiento de las disposiciones legales referidas, la Junta de Selección, designada por el citado Decreto Supremo Nº 12944, eligió, por convenir así a los intereses del Estado Boliviano, a la Consultora Faulkner Fryer and C. Vanderpool para el asesoramiento, elaboración de planos y supervigilancia de la construcción; e invitó a las empresas constructoras a presentar propuestas para la ejecución de dichas obras.
Que, en base al proyecto elaborado por la consultora mencionada, se obtuvo la aprobación y permiso correspondientes de las autoridades de la ciudad de Washington, para la refacción de la residencia y la construcción de las referidas oficinas de la Cancillería.
Que, el monto presupuestado para la ejecución de ambas obras, incluídos la adquisición de muebles y enseres; pago por consultoría y gastos en general, asciende a 983.000 dólares americanos (NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOLARES) suma que excede con $us. 750.000 a los $us. 235.000 asignados por el Tesoro General de la Nación.
Que, por tanto, y de acuerdo con lo determinado por el Decreto Supremo N° 12944 de 11 de octubre de 1975, la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica obtuvo del National Bank Of Washington dos créditos, uno por $us. 270.000, para la refacción de la residencia y la adquisición de sus muebles y enseres, y otro por $us. 480.000 para la construcción de oficinas, cuyo monto suma los 750.000 requeridos; ambos créditos a seis años plazo, incluyendo un año de gracia a partir de la suscripción del contrato y, un interés del 11.1/2% sobre la tasa "Prime Rate" con la garantía del Banco Central de Bolivia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, contratar con el National Bank Of Washington dos créditos por un total de $us. 750.000 el primero de 270.000 para la refacción de la residencia de la citada Misión Diplomática y la adquisición de sus muebles y enseres, y el segundo por 480.000 para la construcción de las oficinas de la Cancillería de dicha Misión, en el solar del mencionado inmueble.
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia avalará ambas operaciones mediante carta de garantía por el monto total de 750.000 dólares americanos.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al señor Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica suscribir los contratos de préstamo por 270.000 y 480.000 para la refacción de la residencia y construcción de oficinas de la Cancillería, respectivamente.
ARTÍCULO 4.- Los Ministros de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, y el Banco Central de Bolivia convendrán las condiciones para la otorgación del aval.
ARTÍCULO 5.- El monto total de los créditos autorizados y la asignación dispuesta por el Decreto Supremo N° 12055 de 19 de diciembre de 1974, serán utilizados de la siguiente manera:
Remodelación de la residencia | $us . | 360.000
---|---|---
Construcción de Oficinas Cancillería | ,, | 480.000
Honorarios Consultoría y supervisión | ,, | 48.000
Muebles y enseres | ,, | 95.000
TOTAL :………. | Sus. | 983.000
ARTÍCULO 6.- El Ministerio de Finanzas, asignará en los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, correspondientes a los años 1978 y siguientes, las sumas necesarias para abonar el crédito obtenido por la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, en sus capítulos de amortización e intereses.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo: Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.