14 DE FEBRERO DE 1977 .- Amplíase los alcances de los Arís. 242 y 243 de la Ley Orgánica de las FF.AA. de la Nación, en favor del personal militar destinado en las guarniciones de Uyuni, Trinidad y Guaqui.
DECRETO SUPREMO Nº 14364
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, los Artículos 242 y 243 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, establecen que los servicios prestados en frontera por los miembros de la Institución se computarán como dobles;
Que, es necesario ampliar la anterior disposición en favor del personal que presta servicios en las Guarniciones de Uyuni, Trinidad y Guaqui, por cuanto sus efectivos cubren zonas fronterizas del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase los alcances de los Artículos 242 y 243 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, en favor del personal militar que se encuentre destinado en las Guarniciones de Uyuni, Trinidad y Guaqui, así como las UU. DD. de las mismas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Réne Bernal Escalante, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guido Vildoso Calderón, Juan Pereda Asbún, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Alfonso Villalpando Armaza, Guillermo Jiménez Gallo, Santiago Maesse Roca.