18 DE FEBRERO DE 1977 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta Especial de Arquisiciones creada por D.S. Nº 14047, favor Mitsubishi Corporation Tokyo, Japón, para provisión de equipos, accesorios y materiales para la instalación, pruebas y puesta en fucionamiento del Complejo Estación Terrena de Comunicaciones Vía Satélite por $us. 5.349.028.—.
DECRETO SUPREMO Nº 14370
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 14047 de 22 de octubre de 1976, se constituyó una Junta Especial de Adquisiciones encargadas de al apertura, estudio, calificación y adjudicación de Propuestas para adquirir equipos, accesorios y materiales destinados a la instalación de una Estacción Terrena de Comunicaciones Vía Satélite en el país.
Que, en cumplimiento de las formalidades señaladas por la Ley, uno vez efectuadas las publicaciones de la Convocatoria N°. 005/76 por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, la H. Junta Especial de Adquisiciones en reunión de fecha 25 de octubre de 1976 (Acta N° 1), procedió a la apertura de la Propuestas presentas por las siguientes Firmas: Siemens A. G. de Alemania; E. Systems Inc., de Garland, Texas, U.S.A.; Page Comunications Engineers Inc. de Estado de Delaware, U.S.A.; R. C. A. Límites de Quebec, Canadá y Mitsubishi Corporation Tokyo, Japón.
Que, las Comisiones: Legal y Técnica-Económica de la Junta prepararon sus informes, contando con el asesoramiento de técnicos altamente calificados y especializados en la materia, de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, de la Compañía Telefónica Nacional de España, del Instituto Nacional de Telecomunicaciones y de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.
Que, sometido a considreación de la Junta, el Informe Legal fue aprobado en reunión de fecha 17 de diciembre de 1976.
Que, luego de amplia deliberación de la H. Junta, el Informe Técnico- Económico, fue asimismo, aprobado en reunión de 22 de diciembre de 1976.
Que, habiendo merecido aprobación de la H. Junta Especial de Adjuisiciones el mencionado Informe Técnico-Económico, resultó aprobada la recomendación contenida en dicho informe, esto es, la adjudicación de la Propuesta en favor de la firma “MITSUBISHI CORPORATION - TOKYO - JAPON”, por el precio total de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL VEINTIOCHO DOLARES AMERICANOS ($us. 5.349.028.00); suma que se encuentra incrementada sobre el precio básico de la oferta, en $us. 51.528.- para el entrenamiento de seis Ingenieros Bolivianos.
Que, cumplidos todos los requisitos legales de la materia corresponde aprobar la adquisición efectuada, mediante Decreto Supremo de acuerdo a lo que dispone el D. L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta Especial de Adquisiciones creada por Decreto Supremo N° 14047, en favor de la firma “MITSUBISHI CORPORATION - TOKYO JAPON”, para la provisión de equipos, accesorios y materiales destinados a la instalación, pruebas y puesta en funcionamiento del Complejo Estación Terrena de Comunicaciones Vía Satélite para el país, por el precio total de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL VEINTIOCHO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 5.349.028.00).
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicacionse (ENTEL), para que con asesoramiento de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la Compañía Telefónica Nacional de España y de la firma Consultora COMSAT, acuerde con la Firma Adjudicataria, los términos y condiciones de un contrato “llave en mano”, para la provisión, instalación, pruebas y puesta en marcha del Complejo Estación Terrena, de manera que satisfaga sus requerimientos e intereses.
Asimismo, se autoriza a ENTEL, para requerir los servicios de Consultoría de la Firma COMSAT, para la supervisión de la ejecución del contrato, hasta la puesta en marcha del citado Complejo.
ARTÍCULO 3.- Las importaciones de materiales y equipos destinados a la instalación del Complejo de la Estación Terrena, estarán liberados de los derechos e impuestos aduaneros y tasas consulares con excepción del recargo del 1% Pro-Desarrollo del Noroeste Boliviano creado por D. S. N° 08004 de 19 de marzo de 1967; de la tasa de servicios prestados a que se refiere el D. S. N° 11186 de 23 de noviembre de 1973, la tasa del 0.5% de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros y el pago de timbres para la protocolización del Contrato en la Notaría de Hacienda.
Se libera al contratista:
Impuesto a la Renta de las Empresas y remisiones de dividendos al exterior.
A sus técnicos y personal extranjero del impuesto a la Renta de personas.
ARTÍCULO 4.- Se autoriza a los señores: Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Gerente General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, para que con intervención de los señores: Fiscal de Gobierno y Contraloría General de la República, suscriban, en representación del Estado, con los personeros de la firma adjudicatoria, el respectivo contrato “llave de mano”, con inclusión de las cláusulas de garantía y seguridad que sean necesarias.
Los señores Ministros de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Ciivl, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.