11 DE MARZO DE 1977 .- Apruébanse las adjudicaciones de la Junta Especial de Almonedas del Comité de OO. PP de Santa Cruz, favor INTERMACO, TOYOTA BOLIVIANA LTDA., DOMINGO LINALE LTDA. y COBANA S. A., para suministro y financiamiento de equipos y materiales para la construcción del camino San Ramón-Trinidad.
DECRETO SUPREMO N° 14401
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio de 6 de julio de 1976 suscrito en la ciudad de Santa Cruz entre los Ministerios de Transporte, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Urbanismo y Vivienda; Servicio Nacional de Caminos; Comités de Obras Públicas Pro Santa Cruz y Comites de Obras Públicas y Desarrollo y Cívico del Beni, para la construcción del camino San Ramón-Trinidad, ha merecido la correspondiente homologación mediante el Decreto Supremo N° 14205 de 17 de diciembre de 1976;
Que, en ejecución del citado Convenio el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz. en fecha 12 de agosto de 1976, convocó a licitación pública bajo el N° 34/76 para el suministro del equipo y materiales a utilizarse en la construcción del camino San Ramón-Trinidad, habiendo concurrido al primer llamado las siguientes firmas: GIBO S. A. INTERMACO; SICASUD LTDA.; RICACRUZ LTDA.; REXIMPORT LTDA.; CENTRAL AUTOMOTRIZ LTDA.; COBANA S. A.; TOYOTA BOLIVIANA LTDA.; PENSA DISTRIBUIDORA BOLIVIANA DE AUTOMOTORES LTDA.; TURIN MOTORS LTDA.; FORAM BOLIVIANA LTDA.; SOCIEDAD COMERCIAL: INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA LTDA.; MACDONALD Y CIA.; CONBOGEL, CRESPO, VELASCO Y CIA. LTDA.; DOMINGO LINALE Y AGROTECNICA BOLIVIANA LTDA.;
Que, cumplidas los formalidades legales la Junta Especial de Almonedas del mecionado Comité en su reunión del día 16 de noviembre de 1976, adjudicó parcialmente la provisión a las siguientes firmas: tractores, motoniveladoras, mototraillas, compactadores y cargadores frontales a INTERNATIONAL MACHINERY CO. (INTERMACO) por un valor de SUS. 6.735.330.62; equivalentes a $b. 137.266.038.03 (Ciento treinta y siete millnes doscientos sesenta y seis mil treinta y ocho 03/100 pesos bolivianos) diversos tipos de camiones, casillas rodantes equipadas, motobombas, trailers, equipos generadores, soldaduras, surtidores, prensa hidráulica, lubricación, compresores, laboratorios y repuestos, a DOMINGO LINALE LTDA.; por un valor de $US. 3.232.017; equivalentes a $b. 65.868.506.46 (Sesenta y cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil quinientos seis 46/100 pesos bolivianos) camionetas, rodillos neumáticos, plantas trituradoras, crawle Drill completos, compresores, camionetas rodillos neumáticos, compresores equipos generadores de 50 HP, a TOYOTA BOLIVIANA LTDA. por un valor de $US. 2.007.601, equivalentes a $b. 40.914.908.38 (Cuarenta millones novecientos catorce mil novecientos ocho 38/100 pesos bolivianos), tubería de acero galvanizado y corrugado a COBANA S. A., por un valor de $US. 1.368.550.75 equivalentes a $b). 27.891.064.28 (Veintisiete millones ochocientos noventa y un mil sesenta y cuatro 28/100 pesos bolivianos).
Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, evaluaciones, dictámenes y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que las adjudicaciones efectuadas resultan las más convenientes a los intereses fiscales por las ventajas y seguridades de provisión quo ofrecen;
Que, en virtud del inc. d) Art. 14 del Decreto Supremo 13384 de 20 de febrero de 1976 corresponde aprobar las licitaciones de materiales y equipos adjudicados por el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, mediante Decreto Supremo.
Que, el Consejo de Economía y Planificación a emitido su dictámen favorable, mediante la resolución del 19 de enero de 1977 para la adjudicación y el aval correspondiente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébanse las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz de fecha 16 de noviembre de 1976, a favor de las firmas INTERNATIONAL MACHINERY Co. (BOLIVIA) S. A. INTERMACO; TOYOTA BOLIVIANA LTDA.; DOMINGO LINALE LTDA. y COBANA S. A. para el suministro y financiamiento de equipos y materiales de conformidad de pliegos de especificaciones, valores y condiciones técnicas, a utilizarse en la construcción del camino San Ramón-Trinidad.
ARTÍICULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia a otorgar avales correspondientes mediante cartas de garantias en favor de las entidades financieras previo cumplimiento de las formalidades legales pertinentes.
ARTÍCULO 3.- El Contralor Departamental y el Fiscal del Distrito de Santa Cruz concurrirán por el Estado y suscribirán los contratos en representación del Supremo Gobierno, junto a los personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz y representantes legales de las firmas adjudicatarias.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Planeamiento y Coordinación, Urbanismo y Vivienda y Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en al Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.