23 DE MAYO DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Depto. de Chuquisaca con cargo a Recursos Propios por $b. 205.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14615
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos Propios originados en Saldos de Gestión Anterior y destinado a reforzar principalmente algunas Partidas de los Grupos de Servicios No Personales, Materiales Suministros y cubrir obligaciones correspondiente a la gestión de 1976, situación financiera que determina la necesidad de dar creación a la Partida 514.5 "Créditos Reconocidos" para su pago de acuerdo a la previsión del Art. 51 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha establecido que la Prefectura de Chuquisaca cuenta con la suma de $b. 205.000.- provenientes de ahorros obtenidos en sus operaciones financieras y a la vez se ha constatado la existencia de facturas pendientes de pago y otros compromisos de inexcusable cumplimiento.
Que, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborados por el Ministerio de Finanzas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca con cargo a Recursos Propios por la suma de DOSCIENTOS CINCO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 205.000.-), para su vigencia en la presente gestión Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
CLASIFICACION DEL PROGRAMA POR OBJETO DEL GASTO:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1977
---|---|---
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 109.000.-
220 | SERVICIOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS | 15.000.-
221.5.2 | Pasajes | 8.000.-
222.5.2 | Viáticos | 7.000.-
260 | OTROS SERVICIOS NO PERSONALES | 94.000.-
262.5.2 | Asignaciones Globales | 24.000.-
263.5.2 | Otros Servicios No Personales | 70.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 5.000.-
320 | PARA USOS VARIOS | 5.000.-
328.5.2 | Accesorios, Repuestos y Herra- mientas menores | 5.000.-
500 | DEUDA PUBLICA | 48.500.-
510 | INTERNA | 48.500.-
514.5.2 | Créditos Reconocidos | 48.500.-
700 | TRANSFERENCIAS | 42.500.-
710 | AL SECTOR PRIVADO | 42.500.-
711.5.2 | Pensiones, Donaciones y Premios | 42.500.-
Total: | 250.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de mayo de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.