03 DE JUNIO DE 1977 .- Autorízase a Min Defensa, la adquisición de tela importada de la firma NEWTEL INCORPORATED.— por intermedio de su representante "DOMUS" LTDA. por total $us. 398.382.52.
DECRETO SUPREMO Nº 14626
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es de necesidad adquirir tela importada con destino a la dotación de uniformes en favor de los señores Generales, Jefes, Oficiales, Suboficiales y Clases de las Fuerzas Armadas de la Nación, en razón de que no existe producción nacional de las características reglamentarias prescritas en el Reglamento de Uniformes de cada Fuerza, particularmente en cuanto a color y calidad;
Que, de acuerdo a disposiciones en vigencia se debe dotar anualmente de un uniforme completo al personal del escalafón de Armas y Servicios, consiguientemente es de urgencia prever la dotación en el presente año de 1977;
Que, de conformidad al cuadro comparativo de cotizaciones, se establece que de las propuestas presentadas por cuatro firmas proveedoras, la que ofrece mejores condiciones para el Estado, referente a costo unitario, calidad y tiempo de entrega, es la firma NEWTEL INCORPORATED:
Que, en consecuencia corresponde autorizar la adquisición indicada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, la adquisición de tales importada de la firma NEWTEL INCORPATED por intermedio de su representante en Bolivia "DOMUS" LTDA., de acuerdo a las siguientes características:
2.500 | metros tela tricot japonesa color avellano de 1.50 metros de ancho al costo de $us. 9.44 el metro …………………………………………... | ” | 23.600.00
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2.500 | metros gabardina de lana y wellster (fibra polyester ) de 1.50 metros de ancho, color negro, tejido tipo grano de pólvora al precio de $us. 12.30 el metro…………………………….. | ” | 30.750.00
TOTAL ADQUISICION………………………. | $us. | 398.382.52
ARTÍCULO 2.- La adquisición autorizada en el artículo primero queda liberada del pago de derechos arancelarios e impuestos aduaneros, debiendo el Ministerio de Finanzas expedir la resolución liberatoria a la presentación de los documentos establecidos por la legislación aduanera vigente.
ARTÍCULO 3.- La compra que se autoriza se imputará a la cuenta: MATERIALES Y SUMINISTROS TEXTILES Y VESTURIO, del presupuesto del Servicio de Defensa de la presente gestión de 1977, pago que se efectuará con acreditivo irrevocable abierto a favor de la firma proveedora en el exterior y por intermedio de un Banco del país; debiendo pagarse a la firma del contrato el 50% del valor y el saldo del 50% a la entrega de la mercadería y documentos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, OscarAdriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.