03 DE JUNIO DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Interior para PRODES—Chapare—Yungas con cargo a recursos del Tesoro Ncl. por $b. 5.220.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14636
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por determinación del Decreto Supremo Nº 14518 se ha creado la Unidad del Proyecto de Desarrollo "Chapare-Yungas" (PRODES-CHAPARE-YUNGAS) como organismo descentralizado y autónomo, bajo la tuición de los Ministerios del Interior, Migración y Justicia y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, con la misión de dirigir, planificar, coordinar y supervisar actividades de investigación encaminadas a determinar la factibilidad de la sustitución paulatina de los cultivos de cacao hasta niveles requeridos por el consumo legal.
Que, el Convenio Internacional Nº 70046 de 6 de abril de 1977 suscrito por los señores Ministros del Interior, Migración y Justicia, Planeamiento y Coordinación. Finanzas y Asuntos Campesinos y agropecuarios en representación del Estado Boliviano con la Agencia para el Desarrollo Internacional USAID, contempla en su Capítulo de Financiamiento el aporte de $us 942.000 y la contraparte de $b 5.220.000.- para el funcionamiento del Proyecto de Desarrollo "Chapare- Yungas"
Que, en ejecución de los referidos instrumentos legales corresponde al Supremo Gobierno determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos del Tesoro Nacional desinado a cubrir la contraparte nacional de acuerdo al detalle de ingresos y egreos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en observancia de lo dispuesto por el Art. 27 del D.L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio del Interior, Migración y Justicia, para la Unidad del Proyecto de Desarrollo "Chapare- Yungas" (PRODES-Chapare-Yungas) con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 5.220.000. para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
Clasificación por objeto del gasto:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1977
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700 | TRANSFERENCIAS | 5.220.000.-
720 | AL SECTOR PUBLICO | 5.220.000.-
722 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES POR SUBSIDIOS O SUBVENCIONES | 5.220.000.-
ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA | 5.220.000.-
2.- INSTITUCIONES PUBLICAS | 5.220.000.-
Proyecto de Desarrollo “Chapare-Yungas” | 5.220.000.-
T o t a l : | 5.220.000.-
ARTÍCULO SEGUNDO.- La transferencia de $b. 5.220.000.- más el aporte de $b. 19.198.000.- proveniente de USAID-B, que totalizan la suma de $b. 24.418.000.- se sujetará en su aplicación por el organismo receptor, de acuerdo al siguiente detalle de ingresos y egresos:
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Codigo | Descripción | Presupuesto Adicional 1977
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100 | SERVICIOS PERSONALES | 2.596.700.-
110 | EMPLEADOS PERMANENTES | 2.128.800.-
11.4 | Haberes Básicos | 68.200.-
112.4 | Categorías | 9.100.-
113.4 | Bonificaciones | 1.835.800.-
114.4 | Aguinaldos | 199.200.-
116.4 | Asignaciones Familiares | 16.500.-
120 | EMPLEADOS NO PERMANENTES | 200.000.-
130 | PREVICIÓN SOCIAL | 267.900.-
131.4 | Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS) | 229.600.-
132.4 | Aporte Patronal para Vivienda (CONAVI) | 38.300.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 17.798.500.-
210 | SERVICIOS BASICOS | 360.000.-
211.4 | Comunicaciones | 60.000.-
212.4 | Energía Eléctrica y Agua | 50.000.-
213.4 | Publicidad e Imprenta | 250.000.-
220 | SERVICIOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS | 740.000.-
221.4 | Pasajes | 120.000.-
222.4 | Viáticos | 500.000.-
223.4 | Fletes y Almacenamiento | 20.000.-
225.4 | Seguros | 100.000.-
230 | ALQUILERES | 594.900.-
231.4 | Edificios y Terrenos | 320.000.-
232.7 | Equipos y Maquinarias | 264.900.-
233.4 | Otros Alquileres | 10.000.-
240 | MANTENIMIENTO Y REPARACIONES | 60.000.-
241.4 | Edificios y Equipos | 60.000.-
250 | SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES | 15.756.900.-
252.4 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 186.600.-
252.7 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 15.570.300.-
260 | OTROS SERVICIOS NO PERSONALES | 286.700.-
262.4 | Asignaciones Globales | 286.700.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 560.000.-
310.4 | PARA OFICINA | 200.000.-
311.4 | Papelería y Suministros Varios | 200.000.-
320 | PARA USOS VARIOS | 360.000.-
321.4 | Limpieza y Usos Domésticos | 30.000.-
322.4 | Vestuario y Textiles | 150.000.-
323.4 | Alimentos | 20.000.-
325.4 | Lubricantes y Combustibles | 50.000.-
326.4 | Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio | 10.000.-
328.4 | Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores | 100.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 3.462.800.-
420.7 | CONSTRUCCIONES, REFORMAS E INSTALACIONES | 1.263.700.-
430 | MAQUINARIA Y EQUIPO | 2.199.100.-
431.4 | Equipo de Oficina y Muebles | 100.000.-
431.7 | Equipo de Oficina y Muebles | 101.900.-
433.7 | Equipo de Transporte, Tracción y Elevación | 1.997.200.-
T o t a l : | 24.418.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adríazola Valda, Juan Pereda Asbun, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suarez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillemo Jimenez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.