10 DE JUNIO DE 1977 .- Aprué base el Presupuesto Adicional del Centro de Desarrollo Forestal con cargo a Recursos Propios y donación del C.I.I.D. por $b. 3.583.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14651
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Centro de Desarrollo Forestal ha recibido una donación de $US 148.600.- equivalente a $b. 2.972.000.- del Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (C.I.I.D. del Canadá, con destino al Proyecto de Investigaciones Forestales en el Altiplano Boliviano,, cuyo desembolso está condicionado a contraparte local para complementar la sustentación de los gastos que demande la ejecución del proyecto;
Que, en función de la importancia del Proyecto, el Centro de Desarrollo Forestal ha convenido en la necesidad la contraparte respectiva con Recursos Propios, cuyo monto asciende a la suma $b. 611.000.- para que conjuntamente con los fondos provenientes de la referida donación se posibilite la aprobación de un Presupuesto Adiciontl por la suma de $b. 3.583.000.-;
Que, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar el mencionado Presupuesto Adicional en la forma determinada por el Art. 27 del D.L. N° 14244, de 30 de diciembre de 1976, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Finanzas;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Centro de Desarrollo Forestal con cargo a Recursos Propios y de donación proveniente del C.I.I.D., por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.583.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
CAPITULO II: PROGRAMA 02: PROYECTO 07: | INVERSION DESARROLLO FORESTAL Proyectos de Investigaciones Forestales en el Altiplano Boliviano
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CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1977
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100 | SERVICIOS PERSONALES | 1.872.700.-
120 | EMPLEADOS NO PERMANENTES | 1.872.700.-
120.7 | Empleados No Permanentes | 1.872.700.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 513.600.-
210 | SERVICIOS BASICOS | 10.200.-
213.7 | Publicidad e Imprenta | 10.200.-
220 | SERVICIOS DE TRANSPORTE Y SEGURO | 352.400.-
221.7 | Pasajes | 58.200.-
222.7 | Viáticos | 394.200.-
230 | ALIQUILERES | 40.000.-
232.7 | Equipos y Maquinaria | 40.000.-
250 | SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES | 45.000.-
252.2 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 45.000.-
260 | OTROS SERVICIOS NO PERSONALES | 66.000.-
263.2 | Otros Servicios No Personales | 66.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 760.700.-
320 | PARA USOS VARIOS | 760.700.-
324.7 | Materias Primas | 49.000.-
325.7 | Lubricantes y Combustibles | 85.600.-
326.7 | Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio | 6.100.-
327.2 | Construcción y Edificación | 500.000.-
327.7 | Construcción y Edificación | 60.000.-
328.7 | Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores | 60.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 436.000.-
430 | MAQUINARIA Y EQUIPO | 436.000.-
432.7 | Maquinaria y Equipo de Producción | 70.000.-
433.7 | Equipo de Transporte, Tracción y Elevación | 360.000.-
434.7 | Equipo Medico y de Laboratorio | 6.000.-
T o t a l : | 3.583.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecutrios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.