01 DE JULIO DE 1977 .- Modifícase los Arts. 2° y 4° del D.S. Nº 13873 de 20-VIII-76 sobre la constitución de los Directorios de SIDERSA y BAMIN.
DECRETO SUPREMO N° 14719
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, los Directorios de la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. (SIDERSA) y del Banco Minero de Bolivia constituídos por los artículos segundo y cuarto del Decreto Supremo N° 13873 de 20 de agosto de 1976, respectivamente, han sido modificados por el Artículo 1° del Decreto Ley N° 14322 de 4 de febrero de 1977 años;
Que, es necesario constituir en forma expresa los directorios de la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. (SIDERSA) y del Banco Minero de Bolivia bajo la presidencia del Ministro de Minería y Metalurgia con la participación de entidades relacionadas con la ejecución de sus programas y proyectos, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícanse los Artículos 2° y 4° del Decreto Supremo N° 13873 de 20 de agosto de 1976, en la siguiente forma:
"Artículo 2°.- El Directorio de la Empresa Siderúrgica Boliviana S. A. (SIDERSA) constituído por el Artículo 28 de sus estatutos, contará con la participación de un representante de los Ministerios y Empresas qua se señalan:
Ministerio de Minería y Metalurgia; Ministerio de Finanzas; Corporación Minera de Bolivia; Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos; Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo y Empresa Nacional de Fundiciones;
"Artículo 4°.- El Directorio del Banco Minero de Bolivia, estará conformado por un representante, de los siguientes organismos y entidades:
Ministerio de Minería y Metalurgia, Ministerio de Finanzas, Cámara Nacional de Minería, Cooperativas Mineras de Bolivia, Asociación Nacional de Mineros Medianos y un representante de los Trabajadores del Banco Minero de Bolivia".
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Planeamiento y Coordinación y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de julio de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suarez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maese Roca.