14 DE JULIO DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Minería por $b. 345.000 — con cargo a Recursos del Tesoro Ncl. y vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14749
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, durante el presente año y en virtud de necesidades de Estado el Supremo Gobierno autorizó el viaje de diferentes personas del Ministerio de Minería y Metalurgía a las reuniones del Consejo internacional del Estado en Londres y el Brasil para cumplir misiones oficiales encomendadas a dicho Servicio.
Que, al no haberse previsto la necesaria apropiación presupuestaria en las partidas pertinentes, el Ministerio de Minería y Metalurgía se vió precisado en esta ocasión a debitar algunas partidas del Grupo de Servicios No Personales, que en la actualidad deben ser objeto de reposición, requiriéndose además un refuerzo presupuestario en las partidas de “Viáticos” y “Pasajes” para encarar necesidades futuras.
Que, tales necesidades corresponden ser atendidas a través de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional, de acuerdo a las regulaciones efectuadas por la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en observancia de lo dispuesto por el Art. 27 del D. L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgía por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.- - ($b. 345.000.-), con cargo a Recursos del Tesoro Nacional y vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1977
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200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 345.000.-
210 | SERVICIOS BASICOS | 110.000.-
211 | Comunicaciones | 67.900.-
212 | Energía Eléctrica y Agua | 42.800.-
220 | SERVICIOS DE TRANSAPORTE Y SEGUROS | 234.300.-
221 | Pasajes. | 75.000.-
222 | Viáticos | 159.300.-
T o t a l : | 345.000.- ========
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.