10 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto 14822 Adicional de la H. Alcaldía Mpl. de Tarija con cargo a Recursos Propios, por $b. 700.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14820
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Tarija ha obtenido un considerable incremento en sus ingresos por concepto de la venta de cueros vacunos hasta alcanzar el monto de $b. 1.000.000 de cuyos recursos se estima necesario autorizar la utilización de $b. 700.000.- para reforzar algunas partidas que acusan agotamiento en el presente ejercicio Fiscal, a través de un Presupuesto Adicional, en la firma señalada por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha verificado dicho incremento de Recursos Propios y ha procedido a elaborar el pertinente detalle de ingresos y egresos del referido Presupuesto Adicional en función de las atribuciones que le confiere la Ley Financial vigente, por lo que corresponde al Poder Ejecutivo determinar su legal aprobación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO UNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de Tarija con cargo a Recursos Propios, por la suma de SETECIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 700.000.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
E G R E S O S (En Pesos Bolivianos)
Clasificacion por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1977
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 150.000.-
110 | Empleados Permanentes | 50.000.-
116.2 | Asignaciones Familiares | 50.000.-
120.2 | Empleados No Permanentes | 100.000.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 150.000.-
260 | Otros Servicios No Personales | 150.000.-
262.2 | Asignaciones Globales | 150.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 200.000.-
320 | Para Usos Varios | 200.000.-
325.2 | Lubricantes y Combustibles | 100.000.-
327.2 | Construcción y Edificación | 100.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 100.000.-
430 | Maquinaria y Equipo | 100.000.-
431.2 | Equipo de Oficina y Muebles | 100.000.-
700 | TRANSFERENCIAS | 100.000.-
710 | Al Sector Privado | 100.000.-
711.2 | Pensiones, Donaciones y Premios | 100.000.-
T o t a l : | 700.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.