10 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Mpl. de Oruro con cargo a Recursos Propios por $b. 3.120.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 14821
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por los DD.SS. Nos. 14374, 14375, 14376, 14377 y 14378 de fecha 21 de febrero del año en curso, los Honorables Alcaldías Municipales del interior de la República dispone de nuevos recursos originados en la percepción de impuestos sobre expectáculos públicos, a la propiedad inmueble de transferencia de inmuebles, patentes sobre vehículos y transferencia de vehículos, que obviamente no han sido incluídos en el Presupuesto Consolidado del Sector Público por haberse instituído en fecha posterior a su aprobación.
Que, particularmente la H. Alcaldía Municipal de Oruro requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a dichos recursos, a fin de dar cobertura financiera a la adquisición de activos fijos necesarios al organismo y encarar obligaciones en Servicios Personales y posibilitar transferencias corrientes por participación en tributos al Ministerio de Finanzas y al Comité Departamental de Obras Deportivas de Oruro, cuyo monto total asciende a la suma de $b. 3 .120.000.-.
Que, es deber del Supremo Gobierno aprobar el referido Presupuesto Adicional incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en virtud de lo dispuesto por el Art. 27 del D.S. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de Oruro con cargo a Recursos Propios por la suma de TRES MILLONES CIENTO VEINTE MIL oo/000 PESOS BOLIVIANOS (Sb. 3.120.000.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION DE SERVICIOS
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1977
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100 | SERVICIOS PERSONALES | 2.047.700.-
110 | Empleados Permanentes | 2.047.700.-
113.2 | Bonificaciones | 1.653.300.-
114.2 | Aguinaldos | 250.100.-
116.2 | Asignaciones Familiares | 144.300.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 57.300.-
430 | Maquinaria y Equipo | 57.300.-
433.2 | Equipo de Transporte, Tracción y Elevación | 57.300.-
700 | TRANSFERENCIAS | 1.015.000.-
720.2 | Transferencias Corrientes por Participación en Tributos | 1.015.000.-
Administración Central | 15.000.-
2.-. Ministerios de Estado | 15.000.-
Ministerio de Finanzas (TGN) | 15.000.-
Administracion Descentralizada | 1.000.000.-
2- Instituciones Públicas | 1.000.000.-
Comité Departamental de Obras Deportivas | 1.000.000.-
T o t a l : | 3.120.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas é Interior Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.