10 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase contratos de compra-venta suscritos con AVTOEXPORT para provisión 10 volquetas por $us. 396.500.—; con ENERZOMACHESPORT para provisión 10 locomotoras eléctricas por $us. 419.140.—; con MACHINOEXPORT para provisión 20 palas cargadoras por $us. 291.000— y con STANCOEXPORT para pro visión de máquinas herramientas por $us. 561.690.— para COMIBOL.
DECRETO SUPREMO Nº 14823
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Corporación Minera de Bolivia, dentro de su programa de abastecimiento, ha adquirido de empresas soviéticas maquinarias, equipos y máquinas herramientas para el equipamiento de las empresas mineras a su cargo renovando las unidades de acuerdo a sus requerimientos técnicos;
Que, estas adquisiciones han sido canalizadas dentro del Convenio sobre suministros de maquinarias y equipos, suscritos entre el Gobierno de Bolivia y la Unión de Repúblicas Soviéticas, en fecha 11 de marzo de 1976;
Que, el citado convenio preve el aval del Banco Central de Bolivia por el 85% de crédito otorgado, más el interés del 4.5% anual que el Supremo Gobierno debe autorizar.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueban los siguientes contratos de compra - venta:
Contrato N° 57/77-512-3-, suscrito con la firma AVTOEXPORT para la provisión de 10 volquetes, modelo KRA2-256B por $us. 396.500.- Pago adelantado 25% con un valor de $us. 99.125.- y el 75% restante o sea $us. 297.275.- mediante crédito en 10 cuotas semestrales iguales con el interés del 4.5% sobre saldos pendientes.
Contrato N° 89-77 suscrito con la firma Enerzomacheport, para la provisión de 10 locomotoras eléctricas de contacto, modelo 10KP-2 por $us. 419.140.-, pago adelantado 25% con un total de $us. 104.785.- en dos partidas y el 75% restante o sea $us. 314.355.- mediante crédito pagadero en 6 cuotas semestrales con el interés del 4.5%; anual sobre saldos pendientes.
Contrato N° 51/77, suscrito con la firma MACHINOEXPORT, para la provisión de 20 palas cargadoras, modelo PPN-IC y 2 molinos, modelo MSC2-1200 x 2400, con un valor de $us. 291.000.-, pago adelantado del 25% con un valor de $us.72.500. y el 75% restante o sea $us. 218.250. mediante crédito pagadero en 10 cuotas semestrales, iguales con el interés de 4.5% anual sobre saldos pendientes.
Contrato 64/11-77/512, ssucrito con STANCOIMPORT, para la provisión de máquinas herramientas, con un valor de $us. 561.690.- pago adelantado del 25% o sea $us. 140.422.50 en dos partidas y el 75% restante o sea $us. 421.227.50 mediante crédito pagadero en 6 cuotas semestrales iguales, con el interés del 4.5% anual sobre saldos pendientes.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar las garantías previstas por el 75% del valor de cada uno de los contratos, conforme a la especialización del artículo primero, más el interés del 4.5% anual.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.