Decreto Supremo N° 14823
10 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase contratos de compra-venta suscritos con AVTOEXPORT para provisión 10 volquetas por $us. 396.500.—; con ENERZOMACHESPORT para provisión 10 locomotoras eléctricas por $us. 419.140.—; con MACHINOEXPORT para provisión 20 palas cargadoras por $us. 291.000— y con STANCOEXPORT para pro visión de máquinas herramientas por $us. 561.690.— para COMIBOL.
DECRETO SUPREMO Nº 14823
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Corporación Minera de Bolivia, dentro de su programa de abastecimiento, ha adquirido de empresas soviéticas maquinarias, equipos y máquinas herramientas para el equipamiento de las empresas mineras a su cargo renovando las unidades de acuerdo a sus requerimientos técnicos;
Que, estas adquisiciones han sido canalizadas dentro del Convenio sobre suministros de maquinarias y equipos, suscritos entre el Gobierno de Bolivia y la Unión de Repúblicas Soviéticas, en fecha 11 de marzo de 1976;
Que, el citado convenio preve el aval del Banco Central de Bolivia por el 85% de crédito otorgado, más el interés del 4.5% anual que el Supremo Gobierno debe autorizar.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Se aprueban los siguientes contratos de compra - venta:
Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar las garantías previstas por el 75% del valor de cada uno de los contratos, conforme a la especialización del artículo primero, más el interés del 4.5% anual.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
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