24 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase la adjudicación del Directorio de la Empresa Ncl. de Televisión en favor de la firma PANORAMA S.A.I.C.P.F.I.A. de Buenos Aires por $us. 111.460.50 para realización de estudios técnicos, provisión de equipos transreceptores y complementarios de las reemisoras e instalacíón de los mismos en la ampliación la señal televisiva a Potosí y Sucre.
DECRETO SUPREMO N° 14846
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 14751 de 14 de julio de 1977 se autorizó a la Empresa Nacional de Televisión, para efectuar invitación directa a firmas productoras de equipos de televisión y comunicación, de reconocido prestigio internacional, a fin de negociar los términos y condiciones de un contrato de provisión de equipos e instalación de la señal televisiva en las ciudades de Potosí y Sucre.
Que, el Directorio de la nombrada Empresa, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 14751, en su reunión del día 19 de agosto del año en curso, resolvió adjudicar a la firma PANORAMIC S.A. I.C.P.F.I.A. de la República Argentina, la instalación y provisión de equipos que permitan ampliar el servicio televisivo a las ciudades de Potosí y Sucre:
Que, existe un excedente del conjunto de reemisoras adquiridas a la firma LABORATOIRE DES TELECOMUNICATIONS DE FRANCIA (L.G.T.) las que luego de un ajuste técnico y su correspondiente reimplementación de la actual red de repetidoras, serán utilizadas en dicha ampliación;
Que, la oferta presentada por la firma PANORAMIC para la provisión de equipos complementarios y la instalación de repetidoras que permitan ampliar la señal televisiva en condiciones económicas y técnicamente óptimas a las citadas ciudades, es conveniente a los intereses fiscales en virtud no solo de haber rebajado de su oferta original de $us. 119.850.- (CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS) un 7%, sino porque suministrará e instalará por su cuenta y sin costo adicional para la Empresa Nacional de Televisión un sistema de equipos transreceptores en los sitios que se instalaron las repetidoras.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por el Directorio de la Empresa Nacional de Televisión en cumplimiento del Decreto Supremo N° 14751 de 14 de julio de 1977 en favor de la firma PANORAMIC S.A.I.C.P. F.I.A. de Buenos Aires, República Argentina, por la suma de $us. 111.460.50 (CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA 50/100 DOLARES AMERICANOS) para la realización de estudios técnicos, provisión de equipos transreceptores y complementarios de las reemisoras así como para instalación de los mismos en la ampliación de la señal televisiva a las ciudades de Potosí y Sucre, dentro de los términos adjudicados.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Empresa Nacional de Televisión suscribir el correspondiente contrato con la firma PANORAMIC de Buenos Aires República Argentina y sus representantes legales en nuestro país, con intervención de los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.
ARTÍCULO TERCERO.- El financiamiento de los equipos así como su instalación adjudicados en el Art. 1° del presente Decreto, se efectuarán con los recursos establecidos por los Decretos Supremos Nos. 12784-A y 13124 de 22 de agosto y 1° de diciembre de 1975, respectivamente.
ARTÍCULO CUARTO.- De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo N° 10618 de 5 de diciembre de 1972, libérase al contrato de provisión de equipos y servicios a que hace referencia el Art. 2° del presente Decreto, del pago de impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios, tiembre y otros documentos valorados así como tasas arancelarias y derechos consulares de todo tipo, en todos los documentos y procedimientos necesarios para la ejecución y cumplimiento del contrato. Aclárase que la presente disposición comprende además la liberación de pago de timbres para efectos de la protocolización de la minuta respectiva.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Odriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.