30 DE AGOSTO DE 1977 .- Apruébase y ratifícase el Convenio de Garantía N° 1422-BO, suscrito en Washington DC el 6—VI—77 entre el Gobierno de Bolivia, representado por el Excmo Sr. Embajador ante el Gobierno de EE.UU. Dn. Alberto Crespo Gutiérrez y el BIEF representado por el Sr. Enrique Lerdau, Vice-presidente Ejecutivo de América Latina y el Caribe.
DECRETO SUPREMO N° 14874
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en uso de la facultad y delegación conferida por los Arts. 3° y 4° del Decreto Supremo N° 14634 de 3 de junio de 1977, han sido suscritos en la ciudad de Washington D.C. (Estados Unidos de Norteamérica) por los representantes del Gobierno de Bolivia, el “Convenio de Garantía” y el “Convenio de Préstamo N° 1422-BO., en virtud de los cuales el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, concede un préstamo de TREINTA Y CINCO MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 35.000.000.00) a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, para la ejecución de la Tercera Fase del Plan de Rehabilitación Ferroviaria, aprobada por el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación;
Que, es de procedimiento ratificar la firma de ambos documentos por los personeros legalmente autorizados para ello, en la forma y contenido de su redacción;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba y ratifica el Convenio de Garantía N° 1422-BO., suscrito en la ciudad de Washington D.C., el 6 de junio de 1977, entre el Gobierno de la República de Bolivia, representado por el Excmo. señor Embajador ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, Dn. Alberto Crespo Gutiérrez y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento “BIRF” representado por el señor Dn. Enrique Lerdau, Vicepresidente Regional de América Latina y el Caribe.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se aprueba y ratifica igualmente el “Convenio de Préstamo”, (Tercer Proyecto Ferroviario) N° 1422-BO., suscrito en Washington D.C., el 6 de junio de 1977, entre la Empresa Nacional de Ferrocarriles de Bolivia representada por su Gerente General Ing. Gustavo Méndez Torrico y el señor Enrique Lerdau, Vicepresidente Ejecutivo de América Latina y Caribe, del BIRF.
Los señores Ministros de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.