13 DE SEPTIEMBRE DE 1977 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Mpl. de Sucre, con cargo a Recursos Propios, por $b. 1.414.900.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO N° 14903
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Sucre requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional por la suma de $b. 1.414.900.-, con cargo a Recursos Propios, provenientes de mayores recaudaciones por ingresos tributarios y no tributarios y venta de activos, cuyas cifras superan los montos originalmente estimados y que son susceptibles de empleo para procesar ajustes en su Presupuesto de Egresos, corregir sobregiros y reforzar partidas agotadas.
Que, a los efectos señalados y en cumplimiento del Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha elaborado el respectivo detalle de ingreso y egresos, por lo que, coresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del indicado Presupuesto Adicional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Honorable Alcaldía Municipal de Sucre con cargo a Recursos Propios, por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.414.900.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
ALCALDIA MUNICIPAL DE SUCRE
FINANCIAMIENTO : RECURSOS PROPIOS
PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION DE SERVICIOS
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Orígen de los Recursos:
Código | F u e n t e | Presupuesto
Adicional
1 9 7 7
---|---|---
I | NACIONALES | 1.414.900.-
2.- | Recursos Propios | 1.414.900.-
100 | Ingresos Corrientes | 1.392.100.-
110 | Tributarios | 843.700.-
120 | No Tributarios . | 548.900.-
200 | DE CAPITAL | 22.800.-
210 | Venta de Activos | 22.800.-
T o t a l : | 1.414.900.- =========
E G RE S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto
Adicional
1 9 7 7
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 879.400.-
110 | Empleados Permanentes | 347.400.-
111.2 | Haberes Básicos | 16.800.-
113.2 | Bonificaciones | 189.400.-
114.2 | Aguinaldos | 20.200.-
116.2 | Asignaciones Familiares | 100.000.-
118.2 | Otros Servicios Personales | 21.000.-
120.2 | Empleados No Permanentes | 500.000.-
130 | Previsión Social | 32.000.-
131.2 | Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS). | 27.400.-
132.2 | Aporte Patronal para Vivienda (CONAVI). | 4.600.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 165.000.-
210 | Servicios Básicos | 80.000.-
213.2 | Publicidad e Imprenta | 80.000.-
240 | Mantenimiento y Reparaciones | 15.000.-
243.2 | Otros por Mantenimiento y Reparaciones | 15.000.-
260 | Otros Servicios No Personales | 70.000.-
262.2 | Asignaciones Globales | 70.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 70.500.-
320 | Para Usos Varios | 70.500.-
325.2 | Lubricantes y Combustibles | 40.000.-
377.2 | Construcción y Edificación | 30.500.-
600 | RESERVAS | 300.000.-
620 | Sociales | 300.000.-
Beneficios Sociales | 300.000.-
T o t a l : | 1.414.900.- =========
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Quido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.